Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060804)
Resolución de 2 de marzo 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Lider Aliment, SA".
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
14908
CAPÍTULO 4
Clasificación Profesional
Artículo 12. Clasificación profesional.
1. Criterios generales.
El personal sujeto al presente convenio colectivo se clasificará, en función de las exigencias
profesionales, formación y contenido general de la prestación, y con carácter normativo,
en alguno de los siguientes grupos profesionales, en base a los contenidos específicos que
los definen: Grupo I Responsables, Grupo II Coordinadores/Especialistas y Grupo III Profesionales.
Los criterios de definición de los grupos profesionales se acomodan a reglas comunes para
los trabajadores de uno y otro sexo.
Por acuerdo entre el trabajador y la Empresa se establecerá el contenido de la prestación
laboral objeto del contrato de trabajo, así como su equiparación al grupo profesional correspondiente según lo previsto en el presente Convenio.
A los trabajadores afectados por el presente Convenio se les encuadrará en un determinado
Grupo Profesional y en su caso en un Nivel dentro del mismo.
El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación es prevalente y define el
contenido básico de la prestación laboral.
2. Factores de encuadramiento profesional.
Para la clasificación de la plantilla incluida en el ámbito de aplicación se han ponderado los
siguientes factores:
— Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la
prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la
dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
— Capacidad de proactividad y toma de decisiones. Implica una orientación a la acción,
tomando decisiones o llevando a cabo acciones para superar obstáculos y/o aprovechar
oportunidades de negocio. Implica actuar de forma proactiva, anticipándose al futuro.
— Grado de autonomía, referido al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices,
pautas o normas en la ejecución de las funciones, así como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.
Viernes 10 de marzo de 2023
14908
CAPÍTULO 4
Clasificación Profesional
Artículo 12. Clasificación profesional.
1. Criterios generales.
El personal sujeto al presente convenio colectivo se clasificará, en función de las exigencias
profesionales, formación y contenido general de la prestación, y con carácter normativo,
en alguno de los siguientes grupos profesionales, en base a los contenidos específicos que
los definen: Grupo I Responsables, Grupo II Coordinadores/Especialistas y Grupo III Profesionales.
Los criterios de definición de los grupos profesionales se acomodan a reglas comunes para
los trabajadores de uno y otro sexo.
Por acuerdo entre el trabajador y la Empresa se establecerá el contenido de la prestación
laboral objeto del contrato de trabajo, así como su equiparación al grupo profesional correspondiente según lo previsto en el presente Convenio.
A los trabajadores afectados por el presente Convenio se les encuadrará en un determinado
Grupo Profesional y en su caso en un Nivel dentro del mismo.
El desempeño de las funciones derivadas de la citada clasificación es prevalente y define el
contenido básico de la prestación laboral.
2. Factores de encuadramiento profesional.
Para la clasificación de la plantilla incluida en el ámbito de aplicación se han ponderado los
siguientes factores:
— Formación, concebida como los conocimientos básicos necesarios para poder cumplir la
prestación laboral pactada, la formación continua recibida, la experiencia obtenida y la
dificultad en la adquisición del completo bagaje formativo y de las experiencias.
— Capacidad de proactividad y toma de decisiones. Implica una orientación a la acción,
tomando decisiones o llevando a cabo acciones para superar obstáculos y/o aprovechar
oportunidades de negocio. Implica actuar de forma proactiva, anticipándose al futuro.
— Grado de autonomía, referido al mayor o menor seguimiento o sujeción a directrices,
pautas o normas en la ejecución de las funciones, así como la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de las funciones ejecutadas.