Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060804)
Resolución de 2 de marzo 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del III Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Lider Aliment, SA".
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

14922

Estos sindicatos podrán insertar comunicaciones en el tablón de anuncios existente en cada
centro, entregando copia de estas a la dirección o titular del centro a los solos efectos informativos.
CAPÍTULO 10
Seguridad y Salud Laboral
Artículo 42. Prevención de riesgos y salud laboral.
La empresa garantiza al personal la vigilancia periódica de su estado de salud en función de
los riesgos inherentes al trabajo.
Evaluación de riesgos laborales. La empresa dispondrá en todos sus centros de trabajo de la
evaluación inicial de riesgos y planificación de la actividad preventiva en formato digital. Deberá actualizar dicha evaluación inicial mediante evaluaciones de riesgos periódicas y planificadas y por inspecciones técnicas tras accidente laboral y cambios en el proceso productivo.
Las evaluaciones de riesgos contendrán necesariamente un análisis de las condiciones de
trabajo tanto desde el punto de vista de la seguridad e higiene industrial como de los factores
ergonómicos y psicosociales derivados del trabajo.
Artículo 43. Protocolo de acoso.
El objetivo del protocolo de acoso acordado, implantado y vigente en la empresa define las
pautas que permitan identificar una situación de acoso, ya sea sexual, por razón de sexo,
moral o mobbing, con el propósito de solventar una situación discriminatoria y minimizar sus
consecuencias en el entorno de la empresa.
La empresa y las representaciones sindicales manifiestan su profundo rechazo a cualquier
comportamiento indeseado, ya sea, físico, verbal o no verbal de carácter moral o connotación
sexual, comprometiéndose a investigar todas las denuncias que se puedan tramitar, colaborando eficazmente y de buena fe para prevenir, detectar, corregir y, en su caso, sancionar este
tipo de conductas.
Todas las personas que trabajen en nuestra organización tienen derecho a utilizar este procedimiento. La investigación acerca de la reclamación será desarrollada con pleno respeto a los
derechos de todas las personas implicadas.
Artículo 44. Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género.
Reducción de jornada.