Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060726)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Casar de Cáceres. Expte.: IA17/1007.
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NÚMERO 46
Miércoles 8 de marzo de 2023
14378
• Confederación Hidrográfica del Tajo. Informa que en los documentos que se redacten
en las figuras de ordenación urbanística que desarrollen el Plan General Municipal, se
deberá tener en cuenta lo recogido en el presente como en el anterior informe.
–E
xistencia de recurso hídrico. La Instrucción de Planificación Hidrológica define la
unidad de demanda urbana (en adelante, UDU) como agrupaciones de aglomeraciones urbanas, que comparten el mismo origen del suministro y cuyos vertidos
se realizan básicamente en la misma zona. El municipio de Casar de Cáceres está
incluido en la UDU Sistema Cáceres (SXP10A12). La asignación que establece el
Plan Hidrológico vigente para esta UDU asciende a 14,70 hm³/año para el horizonte 2021. El Plan Hidrológico calcula esta asignación como suma de los consumos estimados para los municipios que componen la UDU, estimación que se
basa tanto en los datos reales de consumo del municipio, como en su población,
su evolución demográfica y la presencia de industria en el término municipal. La
cifra de previsión de consumo del municipio de Casar de Cáceres considerada dentro de la asignación global para la UDU es de 0,639 hm³/año. Se comprueba por
tanto que la cifra de previsión de consumo para el municipio de Casar de Cáceres
establecida por la Oficina de Planificación Hidrológica de este Organismo es menor
que la indicada como prevista para la misma UDU en la documentación aportada.
A mayor abundamiento, la demanda estimada para los desarrollos previstos por el
Plan General en el año horizonte de 2033, alcanzaría los 0,712 Hm2/año, considerable mayor a la cifra de previsión de consumo del municipio que considera este
Organismo para la UDU donde se incluye a Casar de Cáceres. Por tanto, se reitera
que, en este momento, existe recurso suficiente, siempre y cuando el consumo
del municipio de Casar de Cáceres no rebase los 639.000 m3/año que se han previsto para dentro de la asignación global del Plan Hidrológico para la UDU Sistema
Cáceres.
E
n cualquier caso, en el otorgamiento de la concesión que pueda solicitarse relativa a las actuaciones objeto del presente informe, influyen otros factores además
de la existencia de agua, por lo que las conclusiones de este informe no presuponen la compatibilidad de solicitudes futuras con el Plan Hidrológico de la cuenca.
–S
ituación concesional. Tras la consulta de las bases de datos que obran en este
Organismo, se significa que no se ha otorgado concesión de aguas para el abastecimiento de la población a favor del Ayuntamiento en el término municipal de
Casar de Cáceres.
–A
fección a cauces públicos. En relación con posibles afecciones a cauces públicos
y las zonas inundables que pudieran provocar la implementación de nuevos desa-
Miércoles 8 de marzo de 2023
14378
• Confederación Hidrográfica del Tajo. Informa que en los documentos que se redacten
en las figuras de ordenación urbanística que desarrollen el Plan General Municipal, se
deberá tener en cuenta lo recogido en el presente como en el anterior informe.
–E
xistencia de recurso hídrico. La Instrucción de Planificación Hidrológica define la
unidad de demanda urbana (en adelante, UDU) como agrupaciones de aglomeraciones urbanas, que comparten el mismo origen del suministro y cuyos vertidos
se realizan básicamente en la misma zona. El municipio de Casar de Cáceres está
incluido en la UDU Sistema Cáceres (SXP10A12). La asignación que establece el
Plan Hidrológico vigente para esta UDU asciende a 14,70 hm³/año para el horizonte 2021. El Plan Hidrológico calcula esta asignación como suma de los consumos estimados para los municipios que componen la UDU, estimación que se
basa tanto en los datos reales de consumo del municipio, como en su población,
su evolución demográfica y la presencia de industria en el término municipal. La
cifra de previsión de consumo del municipio de Casar de Cáceres considerada dentro de la asignación global para la UDU es de 0,639 hm³/año. Se comprueba por
tanto que la cifra de previsión de consumo para el municipio de Casar de Cáceres
establecida por la Oficina de Planificación Hidrológica de este Organismo es menor
que la indicada como prevista para la misma UDU en la documentación aportada.
A mayor abundamiento, la demanda estimada para los desarrollos previstos por el
Plan General en el año horizonte de 2033, alcanzaría los 0,712 Hm2/año, considerable mayor a la cifra de previsión de consumo del municipio que considera este
Organismo para la UDU donde se incluye a Casar de Cáceres. Por tanto, se reitera
que, en este momento, existe recurso suficiente, siempre y cuando el consumo
del municipio de Casar de Cáceres no rebase los 639.000 m3/año que se han previsto para dentro de la asignación global del Plan Hidrológico para la UDU Sistema
Cáceres.
E
n cualquier caso, en el otorgamiento de la concesión que pueda solicitarse relativa a las actuaciones objeto del presente informe, influyen otros factores además
de la existencia de agua, por lo que las conclusiones de este informe no presuponen la compatibilidad de solicitudes futuras con el Plan Hidrológico de la cuenca.
–S
ituación concesional. Tras la consulta de las bases de datos que obran en este
Organismo, se significa que no se ha otorgado concesión de aguas para el abastecimiento de la población a favor del Ayuntamiento en el término municipal de
Casar de Cáceres.
–A
fección a cauces públicos. En relación con posibles afecciones a cauces públicos
y las zonas inundables que pudieran provocar la implementación de nuevos desa-