Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060726)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Casar de Cáceres. Expte.: IA17/1007.
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NÚMERO 46
Miércoles 8 de marzo de 2023

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tránsito rodado con caudales ordinarios, 3) la de estiaje o cauce inscrito. Esta última
debe asegurar la continuidad para el paso de peces, por lo que su rasante debe emplazarse a nivel o por debajo de la lámina de aguas abajo. La losa se dispondrá sin
pendiente en el sentido transversal al tráfico.


• Encauzamientos. El encauzamiento más compatible desde el punto de vista ambiental
es el que consolida las márgenes con vegetación local leñosa y deja un cauce inscrito o
de estiaje, todo ello aun planteando una elevada sección mojada que asuma avenidas
extraordinarias. Sin embargo, la defensa puntual de infraestructuras o seguridad para
las personas puede requerir de intervenciones con obras de fábrica u otras soluciones
constructivas, que eleven las garantías de eficiencia perseguidas. Las soluciones en
escolleras o gaviones, en este orden, son más compatibles ambientalmente que las
de hormigón, aunque tengan un chapado de piedra. Ambas evitan la impermeabilización y permiten la colonización con vegetación acuática y riparia, manteniéndose
la continuidad biológica de los márgenes del ecosistema fluvial y quedando sustituida
la consolidación de la obra de construcción (escollera+geotextil), por raíces y manto
vegetal. Finalmente, cuando el Dominio Público Hidráulico lo permita, los taludes o
pendientes resultantes de la canalización deben ser suaves o tendidos, para facilitar
su estabilidad y su revegetación espontánea o con tierra vegetal reextendida, evitando descolgar ostensiblemente la capa freática de las riberas.



• Servicio de Infraestructuras del Medio Rural (Secretaría General de Desarrollo Rural y
Territorio). Estudiada la documentación por la Sección de Vías Pecuarias, se ha contemplado en los documentos memoria informativa, normativa urbanística y memoria
justificativa que consideran el dominio público de vías pecuarias como SNU Protección
Estructural Ganadera, incluyendo la Cañada Real de Cáceres en los planos de Ordenación. Clasificación. Catálogo en SNU. Por tanto, se ha valorado positivamente la
ordenación territorial al estar contempladas la existencia, protección y normativa de
las vías pecuarias, y el informe de esta Secretaría General es Favorable.



• Servicio de Regadíos. Informa que el proyecto no incide sobre competencias de este
Servicio, por no ubicarse sobre bienes especiales adquiridos al amparo de las normas
sobre colonización y desarrollo agrario, ni afectar a actuaciones en materia de regadíos o concentración parcelaria, reguladas respectivamente en los títulos II, IV y V de
la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.



• Servicio de Ordenación del Territorio. Se informa que, a efectos de Ordenación del
Territorio, la actuación prevista no afecta ni se inserta en el ámbito de ningún instrumento de ordenación territorial vigente (de los regulados en el capítulo 2 de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura), por lo que se estima que no presenta afección.