Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060715)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es SCL del Campo San Isidro de Aceuchal, en el término municipal de Aceuchal.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 44

13997

Lunes 6 de marzo de 2023

ambiente y a la salud de las personas en relación con los aspectos objeto de la autorización,
el Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de
Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar modificación sustancial autorización ambiental unificada a favor de SCL del Campo
San Isidro de Aceuchal para el proyecto industria alimentaria, categorías 9.1 y 9.3 relativas
a “Instalaciones para la valoración y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de
residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I” e “Instalaciones de gestión de residuos
mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valoración o eliminación”,
ubicada en el término municipal de Aceuchal, a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y
comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el
ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente
autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la
actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la actividad proyectada es
el AAUN 22/074.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento,
gestión y control de los residuos generados en la actividad
1. La actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:
RESIDUO
Aguas residuales del proceso productivo y limpieza

ORIGEN
Lejías y salmueras
Diluidas utilizadas en el proceso productivo

CÓDIGO LER(1)

02 03 02

Lodos del tratamiento in situ de
efluentes

Evaporación de efluentes en la balsa de evaporación

02 03 05

Papel y cartón

Producción y oficinas

20 01 01

Mezclas de residuos municipales

Residuos asimilados a los domésticos

20 03 01

(1)

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.