Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060715)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de industria alimentaria, cuya promotora es SCL del Campo San Isidro de Aceuchal, en el término municipal de Aceuchal.
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NÚMERO 44
13998
Lunes 6 de marzo de 2023
2. La actividad generará los siguientes residuos peligrosos:
RESIDUO
Residuos de tóner de impresión que
contienen sustancias peligrosas
Aceites de motor
(1)
ORIGEN
CÓDIGO LER(1)
Mantenimiento impresoras de oficina
08 03 17
Operaciones de mantenimiento de
maquinarias
Envases que contienen restos
Operaciones de suministro de
de sustancias peligrosas o están
materias primas y manipulación y
contaminados con ellas
envasado de productos
Tubos fluorescentes y otros
Operaciones de mantenimiento de
residuos que contienen mercurio
alumbrado
13 02 05
15 01 10*
20 01 21*
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
3. La generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta resolución, deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
4. El titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión
y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los
residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se lleve a
cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
5. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en
cada momento.
6. Los residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
7. No se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peligrosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
8. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
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Lunes 6 de marzo de 2023
2. La actividad generará los siguientes residuos peligrosos:
RESIDUO
Residuos de tóner de impresión que
contienen sustancias peligrosas
Aceites de motor
(1)
ORIGEN
CÓDIGO LER(1)
Mantenimiento impresoras de oficina
08 03 17
Operaciones de mantenimiento de
maquinarias
Envases que contienen restos
Operaciones de suministro de
de sustancias peligrosas o están
materias primas y manipulación y
contaminados con ellas
envasado de productos
Tubos fluorescentes y otros
Operaciones de mantenimiento de
residuos que contienen mercurio
alumbrado
13 02 05
15 01 10*
20 01 21*
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
3. La generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta resolución, deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
4. El titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión
y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los
residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se lleve a
cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
5. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en
cada momento.
6. Los residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
7. No se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peligrosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
8. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras