Presidencia De La Junta. Aguas. (2023010002)
Ley 1/2023, de 2 de marzo, de gestión y ciclo urbano del agua de Extremadura.
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NÚMERO 44
Lunes 6 de marzo de 2023
13854
La evaluación de viabilidad se realizará bajo el enfoque del ciclo de vida completo, comprenderá un estudio específico de la recuperación de costes y será sometida a información
pública.
La declaración de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma tendrá una vigencia de seis años. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese iniciado la ejecución de las
obras será necesaria una nueva declaración.
2. Pueden declararse obras de interés de la Comunidad Autónoma y serán de competencia de
la Junta de Extremadura:
a) Las obras necesarias para la consecución de los objetivos medioambientales establecidos en el Derecho de la Unión Europea, lo que incluye las obras generales de recolección
y tratamiento de aguas residuales.
b) Las obras hidráulicas necesarias para prevenir o mitigar los efectos del cambio climático, como la sequía y las inundaciones.
c) Las obras no recogidas en las letras anteriores que sean necesarias para garantizar la
prestación de los servicios del ciclo urbano del agua en la Comunidad Autónoma.
3. El procedimiento para la declaración de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma se iniciará de oficio mediante acuerdo de la persona titular de la Dirección General
competente en materia de planificación y coordinación hídrica, que incorporará una memoria técnica descriptiva de la obra hidráulica.
El acuerdo adoptado, junto con la memoria técnica, se someterán al trámite de información pública, por un plazo de veinte días hábiles, a cuyos efectos se insertará anuncio en
el Diario Oficial de Extremadura y en el correspondiente portal corporativo de la Junta de
Extremadura.
De manera simultánea a la apertura del trámite de información pública, la Dirección General competente en materia de planificación y coordinación hídrica remitirá copia del
expediente y solicitará informe sobre la viabilidad ambiental previa de la obra hidráulica a
declarar de interés autonómico al Órgano competente en materia de evaluación de impacto
ambiental de proyectos, para que informe en el plazo de veinte días desde la recepción
del expediente. Igualmente, se remitirá copia del expediente y se solicitará al órgano con
competencias en materia de dominio público hidráulico y, en todo caso, al Ayuntamiento en
cuyo territorio se ubique la instalación, la emisión de un informe sobre la viabilidad previa
en un plazo de veinte días desde la recepción del expediente.
Lunes 6 de marzo de 2023
13854
La evaluación de viabilidad se realizará bajo el enfoque del ciclo de vida completo, comprenderá un estudio específico de la recuperación de costes y será sometida a información
pública.
La declaración de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma tendrá una vigencia de seis años. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese iniciado la ejecución de las
obras será necesaria una nueva declaración.
2. Pueden declararse obras de interés de la Comunidad Autónoma y serán de competencia de
la Junta de Extremadura:
a) Las obras necesarias para la consecución de los objetivos medioambientales establecidos en el Derecho de la Unión Europea, lo que incluye las obras generales de recolección
y tratamiento de aguas residuales.
b) Las obras hidráulicas necesarias para prevenir o mitigar los efectos del cambio climático, como la sequía y las inundaciones.
c) Las obras no recogidas en las letras anteriores que sean necesarias para garantizar la
prestación de los servicios del ciclo urbano del agua en la Comunidad Autónoma.
3. El procedimiento para la declaración de obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma se iniciará de oficio mediante acuerdo de la persona titular de la Dirección General
competente en materia de planificación y coordinación hídrica, que incorporará una memoria técnica descriptiva de la obra hidráulica.
El acuerdo adoptado, junto con la memoria técnica, se someterán al trámite de información pública, por un plazo de veinte días hábiles, a cuyos efectos se insertará anuncio en
el Diario Oficial de Extremadura y en el correspondiente portal corporativo de la Junta de
Extremadura.
De manera simultánea a la apertura del trámite de información pública, la Dirección General competente en materia de planificación y coordinación hídrica remitirá copia del
expediente y solicitará informe sobre la viabilidad ambiental previa de la obra hidráulica a
declarar de interés autonómico al Órgano competente en materia de evaluación de impacto
ambiental de proyectos, para que informe en el plazo de veinte días desde la recepción
del expediente. Igualmente, se remitirá copia del expediente y se solicitará al órgano con
competencias en materia de dominio público hidráulico y, en todo caso, al Ayuntamiento en
cuyo territorio se ubique la instalación, la emisión de un informe sobre la viabilidad previa
en un plazo de veinte días desde la recepción del expediente.