Presidencia De La Junta. Aguas. (2023010002)
Ley 1/2023, de 2 de marzo, de gestión y ciclo urbano del agua de Extremadura.
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NÚMERO 44

13852

Lunes 6 de marzo de 2023

mación públicas de consumo de agua de grifo y de buenos hábitos en el uso del agua y
la utilización de agua de grifo en los centros y establecimientos públicos.
Artículo 15. Acceso a la información.
Las administraciones autonómica y local garantizarán el acceso a la información sobre el ciclo urbano del agua en condiciones que nunca serán menos favorables que las establecidas
para la información medioambiental en el Derecho de la Unión Europea y las exigidas por la
legislación en materia de transparencia y buen gobierno y, en particular, por la Ley 27/2006,
de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación
pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Artículo 16. Acción pública.
Será pública la acción para exigir ante los órganos administrativos el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.
CAPÍTULO IV
Gestión cooperativa y sostenible del ciclo urbano del agua
Artículo 17. Gestión cooperativa y sostenible del ciclo urbano del agua.
1. La gestión cooperativa y sostenible del ciclo urbano del agua comprende un diálogo cooperativo con la Administración General del Estado y las Administraciones locales que tiene
como objeto la consecución de los objetivos propuestos en la planificación hidrológica estatal, autonómica y local.
Son instrumentos de la gestión cooperativa y sostenible del ciclo urbano del agua los que
se establezcan en la planificación hidrológica estatal, autonómica o local, así como los convenios que se celebren entre dichas Administraciones.
La Comunidad Autónoma de Extremadura promoverá una gestión cooperativa y sostenible
del ciclo urbano del agua a través de la creación de una red de cooperación e información
del ciclo urbano del agua y del inventario autonómico de infraestructuras del ciclo urbano
del agua.
2. La red de cooperación e información del ciclo urbano del agua aglutina a las autoridades y
entidades autonómicas y locales, tanto provinciales como supramunicipales y municipales,
con invitación a la Administración General del Estado, para cooperar en el objetivo de prestar los servicios relacionados con el ciclo urbano del agua en condiciones básicas adecuadas
e iguales para toda la ciudadanía extremeña.