Presidencia De La Junta. Aguas. (2023010002)
Ley 1/2023, de 2 de marzo, de gestión y ciclo urbano del agua de Extremadura.
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NÚMERO 44
Lunes 6 de marzo de 2023

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y en el resto de órganos de participación de los organismos de cuenca, en los términos
previstos en la legislación estatal.
e) L
 a determinación de los objetivos medioambientales para la protección de especies,
hábitats y espacios protegidos en las aguas superficiales y subterráneas continentales
que discurran por territorio extremeño.
f) El establecimiento de medidas de fomento, auxilio económico y apoyo técnico a las entidades locales, u otras entidades para la realización de los objetivos de la planificación
hidrológica estatal con carácter complementario a las establecidas por la Administración
General del Estado.
g) La elaboración de los programas de medidas de competencia autonómica para su integración en la planificación de las demarcaciones hidrográficas que comprenden territorio extremeño.
h) La propuesta de los sistemas supramunicipales de gestión de las infraestructuras del
ciclo urbano del agua.
i) La determinación de las aglomeraciones urbanas a los efectos de la depuración de aguas
residuales, así como organizar y articular los sistemas de explotación acorde a las previsiones de la planificación hidrológica.
j) La propuesta de definición de los estándares de calidad de los servicios públicos del agua
y utilización eficiente de las infraestructuras de regulación, generación y regeneración y
transporte del ciclo urbano del agua.
k) La ordenación en el ámbito supramunicipal de los servicios de aducción y depuración.
l) El ejercicio de las funciones de inspección y control de los servicios del ciclo urbano del
agua en su ámbito de competencias.
m) Las competencias relativas al sistema concesional que le sean atribuidas por la ley o
mediante convenio o encomienda de gestión.
n) La coordinación del control sobre los efectos en el dominio público hídrico de las infraestructuras del ciclo urbano del agua.
o) La ejecución de las competencias en materia de medio ambiente en relación con la protección de las aguas continentales, velando especialmente por la calidad de las aguas
en los espacios protegidos e impulsando la declaración y protección de las reservas
naturales fluviales.