Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060681)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Planta de producción de diamantes sintéticos, en el término municipal de Trujillo (Cáceres)". Expte.: IA22/1266.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023
13576
20. Medidas compensatorias encaminadas hacia la difusión, divulgación y socialización del
patrimonio cultural afectado:
• En virtud de asegurar la transferencia social del conocimiento desprendido tras la
puesta en marcha del programa de medidas preventivas y correctoras establecidas
en aras de mitigar cualquier impacto que el proyecto de referencia pudiese provocar
sobre el patrimonio histórico y arqueológico, la promotora del proyecto deberá asumir
el desarrollo de las siguientes acciones destinadas a dar cumplimiento a dicho fin:
–D
urante el transcurso de la intervención arqueológica, la promotora, en estricta
coordinación con la dirección técnica a cargo de los trabajos arqueológicos, deberá
organizar y atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran intervenido con objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas,
los hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle
la campaña de trabajos arqueológicos. La frecuencia y características de estas
visitas guiadas, será objeto de consulta previa ante la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural por parte de la promotora y representantes
de la dirección arqueológica del proyecto. Estas visitas deberán efectuarse bajo
las condiciones de seguridad más adecuadas tanto para el equipo de trabajo como
para los visitantes y para su difusión podrán emplearse los canales y medios más
adecuados para tal fin.
–T
ras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el
marco de las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente relevancia e interés de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una
publicación científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales
que esta Dirección General tiene habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en nuestra Región (Memorias de Arqueología Extremeña, Extremadura Arqueológica, Lecturas de Patrimonio Arqueológico, etc.). El diseño, normas de
publicación, así como el número de ejemplares a publicar, deberá ser previamente
acordado con la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
–D
el mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo
en cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el punto
anterior, la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el montaje
de una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e
interpretación de los resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención arqueológica. Esta exposición será planificada y presentada en los centros
museísticos o espacios culturales que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Jueves 2 de marzo de 2023
13576
20. Medidas compensatorias encaminadas hacia la difusión, divulgación y socialización del
patrimonio cultural afectado:
• En virtud de asegurar la transferencia social del conocimiento desprendido tras la
puesta en marcha del programa de medidas preventivas y correctoras establecidas
en aras de mitigar cualquier impacto que el proyecto de referencia pudiese provocar
sobre el patrimonio histórico y arqueológico, la promotora del proyecto deberá asumir
el desarrollo de las siguientes acciones destinadas a dar cumplimiento a dicho fin:
–D
urante el transcurso de la intervención arqueológica, la promotora, en estricta
coordinación con la dirección técnica a cargo de los trabajos arqueológicos, deberá
organizar y atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran intervenido con objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas,
los hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle
la campaña de trabajos arqueológicos. La frecuencia y características de estas
visitas guiadas, será objeto de consulta previa ante la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural por parte de la promotora y representantes
de la dirección arqueológica del proyecto. Estas visitas deberán efectuarse bajo
las condiciones de seguridad más adecuadas tanto para el equipo de trabajo como
para los visitantes y para su difusión podrán emplearse los canales y medios más
adecuados para tal fin.
–T
ras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el
marco de las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente relevancia e interés de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una
publicación científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales
que esta Dirección General tiene habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en nuestra Región (Memorias de Arqueología Extremeña, Extremadura Arqueológica, Lecturas de Patrimonio Arqueológico, etc.). El diseño, normas de
publicación, así como el número de ejemplares a publicar, deberá ser previamente
acordado con la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
–D
el mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo
en cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el punto
anterior, la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el montaje
de una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e
interpretación de los resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención arqueológica. Esta exposición será planificada y presentada en los centros
museísticos o espacios culturales que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.