Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060681)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Planta de producción de diamantes sintéticos, en el término municipal de Trujillo (Cáceres)". Expte.: IA22/1266.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

13577

D.3 Medidas en fase de explotación
Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en el presente condicionado
ambiental y en la AAI del proyecto en cuestión, así como las incluidas en el estudio de
impacto ambiental, mientras no sean contradictorias con las primeras.
a) Línea aéreo-soterrada de alta tensión.


1. S
 erán de aplicación las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión
(artículo 7) y la electrocución (artículo 6) en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión determinadas a nivel nacional por el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto,
por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión
y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.



2. D
 e igual forma se cumplirá lo dispuesto en el Decreto 47/2004, de 20 de abril, por
el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas
para la protección del medio ambiente en Extremadura y Resolución de 14 de julio
de 2014, de la Dirección General de Medioambiente.



3. S
 e incorporarán al proyecto las siguientes medidas anticolisión a lo largo de todo el
trazado:



— Respecto a los dos cables de la parte superior, compuestos de cable de tierra y
fibra óptica, deberán quedar en el mismo plano. Se deberán señalizar ambos cables con aspas giratorias cada 7 metros, dispuestos de forma alterna entre ambos
para aumentar la efectividad de la señalización (15 metros en cada conductor),
con luz blanca el 25 % de ellos y 75% de luz ultravioleta.



— A su vez, se deberá reforzar la LASAT colocando una baliza luminosa de inducción
cada 50 metros, dispuestos al tresbolillo en cada conductor, lo que equivale a una
señal cada 150 metros por conductor.




— Todas estas medidas deberán mantenerse durante toda la vida útil de la línea.

4. S
 e evitará la instalación de disuasores de posada, pues obligan a las aves a tomar
contacto con la línea fuera de la cruceta y posarse en la cadena de aisladores, más
próximo al conductor, anulando la eficacia de todas las medidas antielectrocución
que puedan adoptarse en la línea. En caso de instalarse, no serán de tipo aguja o
paraguas, ya que constituyen un factor de riesgo para las aves.



5. E
 n el caso de que los conductores sobrevuelen los árboles; la distancia de seguridad
se calculará considerando los conductores con su máxima flecha vertical según las