Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

13221

En el año 1971, conscientes de la importancia de los humedales para la conservación de la
biodiversidad, se aprueba la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas. Se trata de un tratado intergubernamental
e integra, en un único documento, las bases sobre las que asentar y coordinar las principales
directrices relacionadas con la conservación de los humedales de las distintas políticas sectoriales de cada Estado. Actualmente cuenta con 164 Partes Contratantes (Estados miembros)
en todo el mundo. Este acuerdo internacional es el único de los modernos convenios en materia de medio ambiente que se centra en un ecosistema específico, los humedales, y aunque
en origen su principal objetivo estaba orientado a la conservación y uso racional con relación
a las aves acuáticas, actualmente busca el reconocimiento de la importancia de estos ecosistemas como fundamentales en la conservación global y el uso sostenible de la biodiversidad,
con importantes funciones (regulación de la fase continental del ciclo hidrológico, recarga de
acuíferos, estabilización del clima local), valores (recursos biológicos, pesquerías, suministro
de agua) y atributos (refugio de diversidad biológica, patrimonio cultural, usos tradicionales).
Así, el objetivo fundamental del Convenio de Ramsar es “la conservación y el uso racional de
los humedales, a través de la acción nacional y mediante la cooperación internacional, a fin
de contribuir al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo”.
Para garantizar la conservación de los humedales, el primer paso necesario es proceder a un
conocimiento adecuado de estos recursos naturales, mediante la determinación de la localización, extensión y estado de conservación. En concreto, resulta imprescindible disponer de
un inventario adaptado a este valor ambiental.
Mediante el Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario Nacional de Zonas Húmedas (INZH) se reglamenta este inventario con el fin de conocer su
evolución y, en su caso, indicar las medidas de protección que deban recoger los planes hidrológicos de cuenca.
Conforme se establece en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, la
elaboración y el mantenimiento permanentemente actualizado del Inventario nacional de zonas húmedas corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
través de la actual Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, con
la información suministrada por las comunidades autónomas. Deben inscribirse en el Inventario nacional de zonas húmedas los espacios que reúnan las características establecidas en
el anexo I del citado Real Decreto y, en su caso, aquellos que tengan expresamente atribuida
la condición de zona húmeda en virtud de una norma específica de protección.