Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42

13220

Jueves 2 de marzo de 2023

ANEXO I
ANEXO TÉCNICO
MEMORIA DE ACTUACIONES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE
LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA,
PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DESTINADOS A LA CONSERVACIÓN
DE HUMEDALES Y LA MEJORA DE LA CONECTIVIDAD EN EXTREMADURA
FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y
RESILIENCIA.
1. I ntroducción.
Los humedales son uno de los ecosistemas más importantes y productivos que existen. Además de albergar una gran biodiversidad vegetal, son lugares idóneos para la avifauna, y
suponen una fuente de recursos y servicios ecosistémicos de vital importancia para la vida
humana sostenible. Estos ecosistemas protegen de inundaciones y desastres naturales, almacenan CO2, son fuente de agua dulce, garantizan suministro de alimentos, son verdaderas
depuradoras naturales y esenciales para muchas actividades económicas.
En el artículo 111 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Aguas se definen las zonas húmedas como las zonas pantanosas
o encharcadizas, incluso las creadas artificialmente. La delimitación de las zonas húmedas se
efectuará de acuerdo con la correspondiente legislación específica. Toda actividad que afecte
a tales zonas requerirá autorización o concesión administrativa. Los Organismos de cuenca y
la Administración ambiental competente coordinarán sus actuaciones para la conservación, la
protección eficaz, la gestión sostenible y la recuperación de las zonas húmedas, especialmente de aquellas que posean un interés natural o paisajístico.
En el artículo 31 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional se establece
que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico y, en coordinación con las
Comunidades Autónomas, establecerá un sistema de investigación y control para determinar los requerimientos hídricos necesarios que garanticen la conservación de los humedales
existentes que estén inventariados en las cuencas intercomunitarias. Asimismo, el Ministerio
y las Comunidades Autónomas promoverán la recuperación de humedales, regenerando sus
ecosistemas y asegurando su pervivencia futura.