Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023
13204
La actuación a desarrollar se incluye dentro del:
MRC04I02.
COMPONENTE: Componente N.º 4 “Conservación y restauración de ecosistemas marinos y
terrestres y su biodiversidad”.
INVERSIÓN: Inversión 2 Conservación de la biodiversidad terrestre y marina, apartado
2.Mejora de infraestructuras de gestión, difusión y uso público: c) Recuperación de humedales, mediante actuaciones de conservación, mejora y restauración de humedales y en
particular las ligadas al Plan de Conservación y Restauración de Humedales de la Conferencia Sectorial de 15 de diciembre de 2021.
OBJETIVO CID/OA Objetivo 69 “Actuaciones de conservación de la biodiversidad”.
Unidad de Medida: hectáreas.
Objetivo Estado: 50.000 hectáreas en total.
Objetivo Comunidad Autónoma: 1.630 ha.
Contribución individualizada del presente convenio: 0 ha. Los estudios no tienen repercusión directa sobre superficies. No obstante, son necesarios para poder conocer el estado de
conservación de las distintas zonas y llevar a cabo una correcta ejecución de actuaciones
de conservación. En este sentido, si bien la actuación no supone una actuación física sobre
el terreno, sí pueden valorarse las hectáreas objeto de estudio, y concretar aquellas que
requieren de alguna actuación de conservación y mejora.
FECHA CUMPLIMIENTO INDICADOR SEGÚN OA: Conforme se establece en el Acuerdo de
Conferencia Sectorial de 15 de diciembre de 2021, todas las actuaciones objeto de financiación mediante la Inversión 2 deberán haberse iniciado entre el 1 de enero de 2021 y
el 31 de diciembre de 2023, siendo esta última la fecha límite de compromisos de gasto.
El plazo para su ejecución deberá ceñirse a lo previsto en la Decisión de Ejecución que
establece que la implementación de la inversión 2 concluirá a más tardar el 30 de junio de
2026. El logro del objetivo 69 se debe alcanzar en junio de 2026. El presente convenio se
ajusta a los requisitos previstos en el citado Acuerdo de Conferencia Sectorial.
Estudio sobre la conectividad territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Jueves 2 de marzo de 2023
13204
La actuación a desarrollar se incluye dentro del:
MRC04I02.
COMPONENTE: Componente N.º 4 “Conservación y restauración de ecosistemas marinos y
terrestres y su biodiversidad”.
INVERSIÓN: Inversión 2 Conservación de la biodiversidad terrestre y marina, apartado
2.Mejora de infraestructuras de gestión, difusión y uso público: c) Recuperación de humedales, mediante actuaciones de conservación, mejora y restauración de humedales y en
particular las ligadas al Plan de Conservación y Restauración de Humedales de la Conferencia Sectorial de 15 de diciembre de 2021.
OBJETIVO CID/OA Objetivo 69 “Actuaciones de conservación de la biodiversidad”.
Unidad de Medida: hectáreas.
Objetivo Estado: 50.000 hectáreas en total.
Objetivo Comunidad Autónoma: 1.630 ha.
Contribución individualizada del presente convenio: 0 ha. Los estudios no tienen repercusión directa sobre superficies. No obstante, son necesarios para poder conocer el estado de
conservación de las distintas zonas y llevar a cabo una correcta ejecución de actuaciones
de conservación. En este sentido, si bien la actuación no supone una actuación física sobre
el terreno, sí pueden valorarse las hectáreas objeto de estudio, y concretar aquellas que
requieren de alguna actuación de conservación y mejora.
FECHA CUMPLIMIENTO INDICADOR SEGÚN OA: Conforme se establece en el Acuerdo de
Conferencia Sectorial de 15 de diciembre de 2021, todas las actuaciones objeto de financiación mediante la Inversión 2 deberán haberse iniciado entre el 1 de enero de 2021 y
el 31 de diciembre de 2023, siendo esta última la fecha límite de compromisos de gasto.
El plazo para su ejecución deberá ceñirse a lo previsto en la Decisión de Ejecución que
establece que la implementación de la inversión 2 concluirá a más tardar el 30 de junio de
2026. El logro del objetivo 69 se debe alcanzar en junio de 2026. El presente convenio se
ajusta a los requisitos previstos en el citado Acuerdo de Conferencia Sectorial.
Estudio sobre la conectividad territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.