Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023060691)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen las reglas de aplicación para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y su utilización como instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de gestión y control, así como del resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie en el ámbito de la Política Agrícola Común.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023
12899
7) C
ambio del coeficiente de subvencionalidad en un recinto completo de pastos (CSP): la
persona interesada no está de acuerdo con el coeficiente de subvencionalidad en pastos
asignado a un recinto.
Será necesario que a fecha de finalización del plazo de presentación de la Solicitud Única
se cumplan las siguientes condiciones:
— La persona que formula la alegación al SIGPAC deberá tener: asignación de código REGA
y acreditar actividad ganadera, en las parcelas pastoreadas.
—Que el derecho real sobre la superficie alegada tenga asignado un código REGA.
Los únicos valores posibles del CSP son los que en función del porcentaje de superficie
admisible que exista en el recinto corresponda según Anexo IV.
8) P
artición de un recinto para cambiar el coeficiente de subvencionalidad en una parte de
este: la persona interesada no está de acuerdo con el coeficiente de subvencionalidad en
pastos asignado a una parte del recinto.
Será necesario que a fecha de finalización del plazo de presentación de la Solicitud Única
se cumplan las siguientes condiciones:
— La persona que formula la alegación al SIGPAC deberá tener: asignación de código REGA
y acreditar actividad ganadera, en las parcelas pastoreadas.
— Que el derecho real sobre la superficie alegada tenga asignado un código REGA
Los únicos valores posibles del CSP son los que en función del porcentaje de superficie
admisible que exista en el recinto corresponda según Anexo IV.
9) E
lementos del Paisaje dentro de un recinto: inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o
modificación de geometría. La persona interesada no está de acuerdo con la información
gráfica o alfanumérica que la capa de elementos del paisaje registrada para el recinto que
declara.
La codificación de los elementos del paisaje viene recogida en el Anexo II de esta Resolución.
10) Reinicio/confirmación de la actividad agraria en un recinto afectado por alguna de las
siguientes incidencias:
• Incidencia 117. No subvencionable: Cultivo abandonado. La persona interesada no está
de acuerdo con la consideración de cultivo abandonado del recinto.
Miércoles 1 de marzo de 2023
12899
7) C
ambio del coeficiente de subvencionalidad en un recinto completo de pastos (CSP): la
persona interesada no está de acuerdo con el coeficiente de subvencionalidad en pastos
asignado a un recinto.
Será necesario que a fecha de finalización del plazo de presentación de la Solicitud Única
se cumplan las siguientes condiciones:
— La persona que formula la alegación al SIGPAC deberá tener: asignación de código REGA
y acreditar actividad ganadera, en las parcelas pastoreadas.
—Que el derecho real sobre la superficie alegada tenga asignado un código REGA.
Los únicos valores posibles del CSP son los que en función del porcentaje de superficie
admisible que exista en el recinto corresponda según Anexo IV.
8) P
artición de un recinto para cambiar el coeficiente de subvencionalidad en una parte de
este: la persona interesada no está de acuerdo con el coeficiente de subvencionalidad en
pastos asignado a una parte del recinto.
Será necesario que a fecha de finalización del plazo de presentación de la Solicitud Única
se cumplan las siguientes condiciones:
— La persona que formula la alegación al SIGPAC deberá tener: asignación de código REGA
y acreditar actividad ganadera, en las parcelas pastoreadas.
— Que el derecho real sobre la superficie alegada tenga asignado un código REGA
Los únicos valores posibles del CSP son los que en función del porcentaje de superficie
admisible que exista en el recinto corresponda según Anexo IV.
9) E
lementos del Paisaje dentro de un recinto: inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o
modificación de geometría. La persona interesada no está de acuerdo con la información
gráfica o alfanumérica que la capa de elementos del paisaje registrada para el recinto que
declara.
La codificación de los elementos del paisaje viene recogida en el Anexo II de esta Resolución.
10) Reinicio/confirmación de la actividad agraria en un recinto afectado por alguna de las
siguientes incidencias:
• Incidencia 117. No subvencionable: Cultivo abandonado. La persona interesada no está
de acuerdo con la consideración de cultivo abandonado del recinto.