Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Personal Laboral. (2023060679)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 22 de febrero pasado, por el que se establecen las directrices para la incorporación de personal indefinido y la contratación de personal laboral temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2023.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

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f) Se garantizarán en todo caso los principios de publicidad y libre concurrencia en las
convocatorias.
4.4. Procedimiento para la contratación de personal con carácter indefinido.
De conformidad con el artículo 27.4 de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos
generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, el procedimiento
para la contratación de personal indefinido por estas entidades incluidas en el ámbito de
aplicación del acuerdo, será el siguiente:
a) Solicitud.
El Director, Gerente, Presidente o cargos asimilados, del órgano de gobierno de la entidad que vaya a proceder a la contratación, remitirá la oportuna solicitud a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, acompañándola de
un informe justificativo cuyo contenido dependerá del tipo de contratación.


1. I ncorporación de nuevo personal con una relación indefinida en el sector público extremeño.



En el informe deberá constar:



— En el caso de las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2023 publicada
en el Diario Oficial de Extremadura.



— Memoria justificativa de la oportunidad y la necesidad de la contratación.



— La existencia de crédito adecuado y suficiente para la contratación, y modo de
financiar la contratación de acuerdo con la situación económica financiera y presupuestaria de la entidad.



— La relación de vacantes y altas producidas en la entidad en el ejercicio presupuestario anterior, especificándose los puestos que se han tenido en cuenta para la
aplicación de la tasa de reposición y la justificación de la aplicación del porcentaje
de tasa de reposición correspondiente al sector al que pertenezca la entidad.



— Altas producidas en el ejercicio en curso que pudieran afectar al cálculo de la tasa
de reposición, o ausencia de las mismas.



— Información complementaria que le pueda ser requerida por el órgano competente para resolver la autorización.