Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060623)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para la transformación a regadío de una superficie de 105,24 ha de olivar en las fincas "Tres Gatitos", "Cerro Morcillo" y "Mendía"", en el término municipal de Azuaga (Badajoz). Expte.: IA21/1371.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023
13084
C.2.6 Patrimonio arqueológico.
En el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
(NFR/2022/014) se indica que el EsIA no contiene ninguna valoración ni análisis sobre
el Patrimonio Cultural ni identifica posibles impactos potenciales del proyecto sobre
éste, por lo que se considera que los promotores deberán elaborar un informe con las
actuaciones determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que será realizado sobre las áreas dónde se contemplen estos movimientos de
tierra.
A la vista de lo anterior, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa favorablemente el proyecto, condicionado estrictamente a la asunción y
puesta en marcha de la indicación y recomendación señaladas en su informe.
C.2.7 Consumo de recursos y cambio climático.
El agua necesaria para el riego proviene de siete pozos de sondeo existentes en la
zona de actuación. Según el EsIA la dotación hídrica prevista para el cultivo de olivar
implantando asciende a 2.019,53 m3/ha-año, solicitando los promotores la concesión
de un volumen anual de 212.535,36 m3 para el riego de 105,24 ha.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe indica que, según los datos
obrantes en aquel Organismo, los promotores solicitaron, con fecha 26/07/2021, una
concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 2115/2021,
para riego de 105,24 ha, siendo el volumen en tramitación es de 212.535,36 m3/año.
Por lo tanto, en el EsIA se indica que el consumo de agua será inferior al solicitado ante
el Órgano de cuenca.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana informa sobre la existencia o inexistencia
de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas y sobre la
compatibilidad de la solicitud con el Plan Hidrológico de cuenca, indicando lo siguiente:
1. L
a captación del recurso se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central, definido
en el artículo 2 y el apéndice 1 de las disposiciones normativas del vigente Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn),
aprobado por Real Decreto 1/2016 de 8 de enero (BOE n.º 16 de 19/01/2016), y
fuera de las MASb definidas en el apéndice 3 de las disposiciones normativas del
plan.
Miércoles 1 de marzo de 2023
13084
C.2.6 Patrimonio arqueológico.
En el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
(NFR/2022/014) se indica que el EsIA no contiene ninguna valoración ni análisis sobre
el Patrimonio Cultural ni identifica posibles impactos potenciales del proyecto sobre
éste, por lo que se considera que los promotores deberán elaborar un informe con las
actuaciones determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que será realizado sobre las áreas dónde se contemplen estos movimientos de
tierra.
A la vista de lo anterior, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa favorablemente el proyecto, condicionado estrictamente a la asunción y
puesta en marcha de la indicación y recomendación señaladas en su informe.
C.2.7 Consumo de recursos y cambio climático.
El agua necesaria para el riego proviene de siete pozos de sondeo existentes en la
zona de actuación. Según el EsIA la dotación hídrica prevista para el cultivo de olivar
implantando asciende a 2.019,53 m3/ha-año, solicitando los promotores la concesión
de un volumen anual de 212.535,36 m3 para el riego de 105,24 ha.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe indica que, según los datos
obrantes en aquel Organismo, los promotores solicitaron, con fecha 26/07/2021, una
concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 2115/2021,
para riego de 105,24 ha, siendo el volumen en tramitación es de 212.535,36 m3/año.
Por lo tanto, en el EsIA se indica que el consumo de agua será inferior al solicitado ante
el Órgano de cuenca.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana informa sobre la existencia o inexistencia
de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas y sobre la
compatibilidad de la solicitud con el Plan Hidrológico de cuenca, indicando lo siguiente:
1. L
a captación del recurso se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central, definido
en el artículo 2 y el apéndice 1 de las disposiciones normativas del vigente Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn),
aprobado por Real Decreto 1/2016 de 8 de enero (BOE n.º 16 de 19/01/2016), y
fuera de las MASb definidas en el apéndice 3 de las disposiciones normativas del
plan.