Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060623)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para la transformación a regadío de una superficie de 105,24 ha de olivar en las fincas "Tres Gatitos", "Cerro Morcillo" y "Mendía"", en el término municipal de Azuaga (Badajoz). Expte.: IA21/1371.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023
13077
resadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso,
en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 8 de julio de 2022, los promotores remiten una nueva versión del estudio de
impacto ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, con fecha 19
de julio de 2022, los promotores remiten una nueva versión del proyecto técnico.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada Ley.
En el análisis se determina que lose promotores han tenido debidamente en cuenta los
informes y alegaciones recibidas.
Revisada la versión definitiva del EsIA y los informes emitidos y alegaciones formuladas al
proyecto de referencia, con toda la información hasta aquí recabada se elabora el presente
informe técnico.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
En el EsIA se incluye un análisis de alternativas, el cual se resume a continuación:
1. A
lternativa 0; consiste en mantener la situación actual, es decir, el mantenimiento de
la zona de actuación como tierras arables de secano. Se descarta al no generarse una
actividad productiva y rentable.
2. A
lternativa 1 (explotación en secano); consiste en realizar la plantación de olivar y mantenerla en régimen de secano. Los impactos generados sobre el medio hídrico desaparecerían, sin embargo, se incrementarían los impactos sobre el medio socioeconómico.
Se descarta por razones de falta de rentabilidad de la explotación.
3. A
lternativa 3 (obtención de aguas superficiales); consiste en desarrollar el riego a partir
de la obtención del recurso hídrico del cauce del arroyo de Tres Gatitos. Se descarta ya
que el citado cauce dispone de limitados recursos (y en especial en temporada estival,
que es cuando se deriva el agua para riego), haciendo inviable la transformación a regadío proyectada.
4. A
lternativa 4 (obtención de aguas subterráneas); Se trata de la alternativa seleccionada. Se justifica su elección al producirse un incremento considerable en la rentabilidad y
las producciones de la finca, generándose empleo en la zona y aumentando el valor de
Miércoles 1 de marzo de 2023
13077
resadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso,
en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 8 de julio de 2022, los promotores remiten una nueva versión del estudio de
impacto ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, con fecha 19
de julio de 2022, los promotores remiten una nueva versión del proyecto técnico.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada Ley.
En el análisis se determina que lose promotores han tenido debidamente en cuenta los
informes y alegaciones recibidas.
Revisada la versión definitiva del EsIA y los informes emitidos y alegaciones formuladas al
proyecto de referencia, con toda la información hasta aquí recabada se elabora el presente
informe técnico.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
En el EsIA se incluye un análisis de alternativas, el cual se resume a continuación:
1. A
lternativa 0; consiste en mantener la situación actual, es decir, el mantenimiento de
la zona de actuación como tierras arables de secano. Se descarta al no generarse una
actividad productiva y rentable.
2. A
lternativa 1 (explotación en secano); consiste en realizar la plantación de olivar y mantenerla en régimen de secano. Los impactos generados sobre el medio hídrico desaparecerían, sin embargo, se incrementarían los impactos sobre el medio socioeconómico.
Se descarta por razones de falta de rentabilidad de la explotación.
3. A
lternativa 3 (obtención de aguas superficiales); consiste en desarrollar el riego a partir
de la obtención del recurso hídrico del cauce del arroyo de Tres Gatitos. Se descarta ya
que el citado cauce dispone de limitados recursos (y en especial en temporada estival,
que es cuando se deriva el agua para riego), haciendo inviable la transformación a regadío proyectada.
4. A
lternativa 4 (obtención de aguas subterráneas); Se trata de la alternativa seleccionada. Se justifica su elección al producirse un incremento considerable en la rentabilidad y
las producciones de la finca, generándose empleo en la zona y aumentando el valor de