Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060624)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada al proyecto de almazara y almacenes de productos agrícolas, promovido por Sociedad Cooperativa La Siberia Extremeña, en el término municipal de Talarrubias (Badajoz).
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

13001

se ubique la instalación conforme a lo establecido en la Instrucción Técnica Complementaria EA-03 Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta del Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia
energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias.
b) El factor de mantenimiento y factor de utilización cumplirán los límites establecidos en
la ITC-EA-04, garantizándose el cumplimiento de los valores de eficiencia energética de
la ITCEA-01.
c) Las luminarias estarán dotadas con sistema de regulación que permitan reducir el flujo
luminoso al 50% a determinada hora, manteniendo la uniformidad en la iluminación.
- g - Plan de ejecución
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad ampliada no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU,
la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23.a.) de la Ley 16/2015, de 23
de abril.
2. D
 entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir a
la DGS solicitud de inicio de la actividad ampliada según lo dispuesto en el artículo 19 de la
Ley 16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
a) Los resultados del primer control externo de emisiones a la atmósfera según las prescripciones establecidas en el apartado h.
b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26
del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones y los
del Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, del ruido, en lo
referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
c) Licencia de obra.
- h - Vigilancia y seguimiento
Emisiones a la atmósfera.
1. Siempre que no se especifique lo contrario, el muestreo y análisis de todos los contaminantes
y parámetros de proceso, así como los métodos de medición de referencia para calibrar los
sistemas automáticos de medición, se realizarán con arreglo a las normas CEN. En ausencia