Universidad De Extremadura. Reglamento De Organización Y Funcionamiento. (2023060593)
Resolución de 14 de febrero de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Publicaciones de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

13095

Artículo 8. Funciones del Director.
1. Representar al Servicio de Publicaciones en las actividades propias del mismo.
2. C
 oordinar, dirigir y potenciar todas las actividades del Servicio con carácter general, asegurando el funcionamiento de los efectivos técnicos y administrativos del mismo.
3. C
 onvocar, presidir, y coordinar la actividad del Consejo Asesor, velando por el cumplimiento
de sus acuerdos y recomendaciones.
4. P
 otenciar cuantas gestiones puedan redundar en la consecución de medios de financiación
extraordinarios para las publicaciones del Servicio, adicionalmente a sus fuentes ordinarias.
5. D
 ecidir, previa consulta al Consejo Asesor, las publicaciones a editar. La decisión final deberá estar respaldada por el informe positivo de evaluadores externos, especialistas de reconocido prestigio en el área de conocimiento de cada una de las publicaciones aprobadas
(revisión por pares ciegos).
6. E
 valuar el coste y la difusión comercial e institucional de todas las publicaciones aprobadas
por el Consejo Asesor.
7. C
 ontrolar los sistemas de distribución e intercambio y supervisar la gestión del fondo editorial.
8. P
 roponer la firma de los contratos de edición y de coedición que se consideren convenientes
para el óptimo desarrollo de la actividad editorial del Servicio de Publicaciones, estableciendo los términos a aplicar en cada caso y elevándolos al Vicerrector para su conocimiento
y firma.
9. E
 laborar una Memoria anual que elevará al Rector. En ella se informará de su gestión y las
actividades realizadas y será dada a conocer al Rector en Consejo de Gobierno.
10. V
 elar por el cumplimiento de todos los artículos recogidos en el presente Reglamento.
11. C
 ualesquiera otras funciones que le asignen los Órganos de Gobierno o se deriven de los
Estatutos de la Universidad de Extremadura y de este Reglamento.
Artículo 9. Del Consejo Asesor.
1. E
 l Consejo Asesor asesorará al Director en todo lo relacionado con el establecimiento de la
política editorial general, actualización periódica del enfoque y materialización del contenido de las diversas actividades del Servicio de Publicaciones.