Universidad De Extremadura. Reglamento De Organización Y Funcionamiento. (2023060593)
Resolución de 14 de febrero de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Publicaciones de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023
13098
Artículo 13. Financiación.
La provisión de fondos económicos que permitan llevar a cabo y potenciar al máximo las funciones del Servicio de Publicaciones, será de tres tipos:
1. F
inanciación habitual: El presupuesto anual asignado por la Universidad de Extremadura y
recogido en los presupuestos generales de la Universidad, que deberá ser proporcional a
los costes editoriales, así como a la programación de actividades.
2. F
inanciación propia o autofinanciación: Los ingresos por la venta de sus publicaciones
serán incorporados al presupuesto general de la Universidad. El Servicio de Publicaciones
procurará buscar la mayor rentabilidad de sus publicaciones para incrementar sus ingresos
mediante la venta de libros y ampliar, por tanto, sus posibilidades editoriales.
3. F
inanciación exterior: El Servicio de Publicaciones promoverá y apoyará acuerdos o convenios con instituciones y organismos, públicos y privados, nacionales y extranjeros con
vistas a recabar aportaciones económicas y coediciones.
TÍTULO IV
DE LA PRODUCCIÓN Y POLÍTICA EDITORIAL
Artículo 14. Definición y proceso editorial.
1. P
or su condición de servicio editorial universitario, el Servicio de Publicaciones será responsable de la edición de todas las publicaciones científicas de la Universidad de Extremadura
de cualquier campo del conocimiento y que contribuya al desarrollo de la ciencia, la técnica,
la cultura, la sociedad y la educación.
2. Las obras publicadas por el Servicio de Publicaciones corresponderán a las siguientes categorías:
a. Monografías (estudios científicos, divulgación, informes…).
b. Manuales universitarios.
c. Colecciones.
d. Revistas científicas.
e. Publicaciones institucionales.
f. Coediciones.
Miércoles 1 de marzo de 2023
13098
Artículo 13. Financiación.
La provisión de fondos económicos que permitan llevar a cabo y potenciar al máximo las funciones del Servicio de Publicaciones, será de tres tipos:
1. F
inanciación habitual: El presupuesto anual asignado por la Universidad de Extremadura y
recogido en los presupuestos generales de la Universidad, que deberá ser proporcional a
los costes editoriales, así como a la programación de actividades.
2. F
inanciación propia o autofinanciación: Los ingresos por la venta de sus publicaciones
serán incorporados al presupuesto general de la Universidad. El Servicio de Publicaciones
procurará buscar la mayor rentabilidad de sus publicaciones para incrementar sus ingresos
mediante la venta de libros y ampliar, por tanto, sus posibilidades editoriales.
3. F
inanciación exterior: El Servicio de Publicaciones promoverá y apoyará acuerdos o convenios con instituciones y organismos, públicos y privados, nacionales y extranjeros con
vistas a recabar aportaciones económicas y coediciones.
TÍTULO IV
DE LA PRODUCCIÓN Y POLÍTICA EDITORIAL
Artículo 14. Definición y proceso editorial.
1. P
or su condición de servicio editorial universitario, el Servicio de Publicaciones será responsable de la edición de todas las publicaciones científicas de la Universidad de Extremadura
de cualquier campo del conocimiento y que contribuya al desarrollo de la ciencia, la técnica,
la cultura, la sociedad y la educación.
2. Las obras publicadas por el Servicio de Publicaciones corresponderán a las siguientes categorías:
a. Monografías (estudios científicos, divulgación, informes…).
b. Manuales universitarios.
c. Colecciones.
d. Revistas científicas.
e. Publicaciones institucionales.
f. Coediciones.