Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050045)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada de estevia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 40
Martes 28 de febrero de 2023

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c) Almacenar productos químicos, residuos o desechos en la zona de recepción de la
Estevia.
d) Recepcionar Estevia con síntomas de plagas, enfermedad, suciedad y/o deterioro
que comprometa la manipulación y la calidad del producto final.
II.5.- CONDICIONES DE LAS INSTALACIONES
II.5.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) Los locales, zonas y espacios destinados a la manipulación de la Estevia estarán
adecuadamente separados de los locales destinados a otros usos.
b) Las líneas de procesado se deberán limpiar completamente de producto de origen
distinto a Producción Integrada, antes de proceder a la obtención de Estevia
amparado por esta norma.
c) Deberá quedar claramente definido el intervalo de tiempo durante el cual se obtendrá
cada tipo de producto esté o no acogido a Producción Integrada, lo cual debe ser
conocido por todo el personal implicado en el proceso.
d) La superficie de los suelos y paredes deben encontrarse en buen estado,
pavimentadas, de fácil limpieza y desinfección, utilizando materiales impermeables
no absorbentes, lavables y no tóxicos.
e) Las máquinas y herramientas deben estar en buen estado y seguras, con los medios
de protección adecuados y almacenadas en un lugar adecuado.
f) Los elementos utilizados en la manipulación del producto, deshoje, molienda,
tamizado y transporte serán de materiales inertes.
g) Disponer de mecanismos y protectores en molinos y tamices que impidan la
incorporación al producto de materiales extraños.
h) Se establecerá un programa donde se registrará e identificará las condiciones de
limpieza efectuada, así como del mantenimiento periódico de las distintas fases que
compongan las instalaciones: recepción, deshoje, molienda, tamizado, almacén, etc.
i) Las instalaciones deben tener ventilación natural o mecánica adecuada que asegure
la eliminación de condensación e impida el crecimiento de hongos y bacterias.
j) Los sistemas de desagüe serán los adecuados, estos sistemas de desagüe estarán
provistos de los dispositivos que eviten el retroceso.
k) Utilización de aceites y lubricantes alimentarios en aquellos elementos de los
sistemas hidráulicos que puedan contaminar o entrar en contacto con los productos
primarios.
l) Todos los materiales que se usen en las instalaciones deben ser aptos para uso
alimentario adaptándose a las distintas especificaciones y necesidades a la
normativa vigente.
m) Las industrias de primera transformación de tipo mixtas y que dispongan
exclusivamente de una sola línea para el procesado y manipulación de la Estevia,
deberán realizar la limpieza previa de toda la maquinaria y demás elementos, cada
vez que procese la Estevia de Producción Integrada, además de fijar de forma muy
clara los días o intervalos de tiempo que se va a manipular este tipo de producto.
Durante todo el proceso de manipulación y transformación deberá respetarse
escrupulosamente la separación de la Estevia procedente de Producción Integrada
de aquella que no lo sea.
II.5.2. PRÁCTICAS PROHIBIDAS