Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Producción Integrada. (2023050043)
Orden de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueba la norma técnica específica de producción integrada del cultivo de la colza en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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b) Locales de almacenamiento exclusivos para el producto elaborado de colza de
Producción Integrada.
c) Utilización de depósitos y silos de acero inoxidable para almacén de granos o producto
acabado de colza.
NÚMERO
40
d) Disponer de
un método
que ayude a llevar una correcta rotación y control
de
12350
Martes
28
de febrero
de 2023
existencias del producto
elaborado.
e) Disponer de panel de control para termómetro o sonda de control de temperatura y
medidor de humedad en locales y depósitos de almacén del producto.
II.7. EXPEDICIÓN DEL PRODUCTO A GRANEL
II.7.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) Las operaciones de carga y expedición de producto deben realizarse por series
completas, separando físicamente o por intervalos de tiempo las operaciones
efectuadas de productos que procedan de producciones convencionales.
b) Los receptáculos, contenedores y otros medios de transportes utilizados en la
expedición serán de uso exclusivo de la colza en Producción Integrada. Estos deberán
estar en adecuadas condiciones de higiene y sanidad.
c) Utilización de contenedores u otros receptáculos para el trasporte cuyo material le
pueda conferir a la colza olor o sabor extraño y que pueda producir cualquier tipo de
contaminación al producto transportado a granel.
II.7.2. PRÁCTICAS PROHIBIDAS
a) Presencia de cualquier cuerpo extraño en los receptáculos, contenedores y medios de
transportes.
b) Uso de productos químicos para su conservación.
II.7.3. PRÁCTICAS RECOMENDADAS
a) Disponer de un sistema que mantenga una rotación correcta y control de existencias
almacenadas.
II.8. COMERCIALIZACIÓN
II.8.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS
a) El Organismo responsable de la certificación expedirá un documento al final de la
campaña, en él se certificará el total de kilogramos o toneladas de colza que se ha
manipulado por la persona operadora y que ha cumplido con los requisitos exigidos en
la normativa referente a la Producción Integrada y comercializado con la designación
de Producción Integrada.
b) La colza manipulada deberá ir siempre acompañado de un documento de producto
conforme que acredite que el producto ha superado todos los controles. Este
documento incluirá como datos mínimos:






Especie y cantidad.
Código de identificación del documento de producto conforme.
Lugar de destino.
Forma de transporte.
Datos de la persona operadora, emisora y receptora.

c) En el caso de etiquetado de Producción Integrada, deberá ser previamente
supervisado y autorizado por el órgano competente de la Dirección General con
competencias en esta materia de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio.
II.9. REGISTROS DE TRAZABILIDAD
II.9.1. PRÁCTICAS OBLIGATORIAS