Consejería De Educación Y Empleo. Innovación Educativa. (2023040040)
Decreto 12/2023, de 22 de febrero, por el que se regula el funcionamiento de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 40
Martes 28 de febrero de 2023
12414
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución, será de tres meses conforme a lo
previsto en el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, contado desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de resolución expresa, dentro del
plazo máximo para resolver y notificar, legitima a las personas interesadas para entender
desestimada su solicitud por silencio administrativo.
4. C
ontra la resolución con la relación definitiva de centros seleccionados, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación, ante el órgano que la dicta o ante la titular de la Consejería
de Educación y Empleo, siendo competente para su resolución este último, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Todo ello, sin perjuicio de que
puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Artículo 10. Criterios de selección.
1. Para la selección de los centros educativos que soliciten adscribirse a cualquier modalidad
de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, se valorarán los
aspectos que, basados en las competencias clave, incidan en la mejora de la calidad, la
equidad, la inclusión y el éxito educativo de todo el alumnado. Se reconocerán, así mismo,
iniciativas coherentes y viables que conecten los centros con sus entornos, así como con
entidades y proyectos con las que compartan objetivos.
Los criterios a valorar son:
1.1. No encontrarse adscrito a ninguna de las modalidades de redes (15 puntos).
1.2. S
ituación del centro en relación a los objetivos de las Redes de Innovación y Educación
para el Desarrollo Sostenible (hasta 10 puntos):
a) Justificación de la participación en la modalidad de Red elegida, basada en el contexto del centro y las necesidades detectadas (hasta 2 puntos).
b) Ser centro con alta incidencia de alumnado educativamente vulnerable, entendiendo
por este, en un sentido amplio, aquel que presente necesidades de tipo asistencial,
escolar, socioeducativa y/o específicas de apoyo educativo, como barreras que van
a condicionar, potencial o efectivamente, las posibilidades de éxito educativo del
alumnado del centro (hasta 2 puntos).
Martes 28 de febrero de 2023
12414
3. E
l plazo máximo para resolver y notificar la resolución, será de tres meses conforme a lo
previsto en el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, contado desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de resolución expresa, dentro del
plazo máximo para resolver y notificar, legitima a las personas interesadas para entender
desestimada su solicitud por silencio administrativo.
4. C
ontra la resolución con la relación definitiva de centros seleccionados, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación, ante el órgano que la dicta o ante la titular de la Consejería
de Educación y Empleo, siendo competente para su resolución este último, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Todo ello, sin perjuicio de que
puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Artículo 10. Criterios de selección.
1. Para la selección de los centros educativos que soliciten adscribirse a cualquier modalidad
de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, se valorarán los
aspectos que, basados en las competencias clave, incidan en la mejora de la calidad, la
equidad, la inclusión y el éxito educativo de todo el alumnado. Se reconocerán, así mismo,
iniciativas coherentes y viables que conecten los centros con sus entornos, así como con
entidades y proyectos con las que compartan objetivos.
Los criterios a valorar son:
1.1. No encontrarse adscrito a ninguna de las modalidades de redes (15 puntos).
1.2. S
ituación del centro en relación a los objetivos de las Redes de Innovación y Educación
para el Desarrollo Sostenible (hasta 10 puntos):
a) Justificación de la participación en la modalidad de Red elegida, basada en el contexto del centro y las necesidades detectadas (hasta 2 puntos).
b) Ser centro con alta incidencia de alumnado educativamente vulnerable, entendiendo
por este, en un sentido amplio, aquel que presente necesidades de tipo asistencial,
escolar, socioeducativa y/o específicas de apoyo educativo, como barreras que van
a condicionar, potencial o efectivamente, las posibilidades de éxito educativo del
alumnado del centro (hasta 2 puntos).