Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050040)
Orden de 17 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al mecanismo Red de flexibilidad y estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023

12048

3. N
 o podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y frente a la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público, o se haya
dictado contra la persona beneficiaria resolución de procedencia de reintegro, mientras no
se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la legislación vigente.
Artículo 6. Financiación de las ayudas.
Las ayudas reguladas en la presente orden se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos
anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También se podrán financiar las subvenciones reguladas en la presente orden con fondos del Estado a través de los recursos procedentes de las órdenes anuales por las que se distribuyen territorialmente, para su gestión por
las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral
financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 7. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. La tramitación del procedimiento se realizará a través de medios electrónicos si lo decide
el interesado de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Las solicitudes, se formalizarán de acuerdo con los formularios de solicitud de la ayuda,
que se establecen como anexo I, y deberán adjuntar los documentos que correspondan, e
irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, pudiendo
presentarse:
a) De forma electrónica, a través del registro electrónico general de la sede electrónica de
la Junta de Extremadura, en la siguiente dirección
h
 ttps://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf utilizando el modelo
normalizado de solicitud disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/sede.jsf, junto con la documentación que deba
acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma
y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones
establecidas. La información del trámite estará disponible en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la
solicitud.