Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050040)
Orden de 17 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación temporal de empleo acogidos al mecanismo Red de flexibilidad y estabilización del empleo o por causa de fuerza mayor temporal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023

12054

de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el cumplimiento de las obligaciones derivadas
de la adquisición de la condición de beneficiaria de la prestación contributiva por desempleo
establecida en la legislación vigente.
Artículo 12. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones.
1. E
 l incumplimiento de las obligaciones impuestas dará lugar a la revocación de las subvenciones concedidas y, en su caso, al reintegro total o parcial de las mismas, con la exigencia
del interés de demora legalmente establecido desde el momento del pago hasta la fecha
de procedencia del reintegro.
2. P
 rocederá el reintegro parcial de la ayuda cuando la persona beneficiaria sea sancionada
por incumplimiento de sus obligaciones como perceptora de prestaciones por desempleo
en la proporción que dicha sanción represente sobre el total del total de las prestaciones
por desempleo concedidas.
3. P
 rocederá el reintegro total de la ayuda en el supuesto de falsedad de las declaraciones responsables presentadas o cuando exista una sanción por incumplimiento de las obligaciones
como persona perceptora de prestaciones por desempleo que suponga la pérdida total del
derecho a dichas prestaciones.
Artículo 13. Procedimiento de reintegro.
1. E
 l incumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en la presente orden o en
la resolución de concesión de la subvención, así como la concurrencia de las causas reguladas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, darán lugar a la revocación de la resolución de concesión y en
su caso al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia del interés de demora
desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro. Esta obligación será independiente de las sanciones que, en su caso,
resulten exigibles. El procedimiento de reintegro se realizará de conformidad con lo establecido en el título III de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
2. E
 l procedimiento de reintegro se iniciará de oficio por acuerdo del órgano que concedió
la subvención, por propia iniciativa, como consecuencia de una orden superior, a petición
razonada de otros órganos o por denuncia. También se iniciará a consecuencia del informe
de control financiero emitido por la Intervención General de la Junta de Extremadura.
3. E
 l acuerdo de inicio será notificado a la persona beneficiaria, concediéndole un plazo de
quince días hábiles para que alegue o presente los documentos que estime pertinentes.