Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Policías Locales. (2023050039)
Orden de 16 de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023
12040
nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, los y
las aspirantes declaradas no aptas, podrán participar en un curso posterior, oída la Junta de
Profesores y siempre que conste el informe favorable de la Dirección de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, y la autorización de la persona titular de la Dirección General
competente en materia de Coordinación de Policías Locales.
La calificación definitiva del Curso Selectivo vendrá determinada por la media aritmética de las
calificaciones numéricas obtenidas del total de asignaturas que lo integran y que, en cualquier
caso, deberá arrojar un resultado igual o superior a 5 puntos. Además, cada persona deberá
obtener una calificación como APTA, tanto en la valoración aptitudinal y psicológica que se
realice durante el curso presencial, como durante en el período de prácticas respectivamente.
Décima. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Una vez finalizado el Curso Selectivo, con la relación definitiva de aspirantes que hayan superado todo el proceso de selección, se confeccionará una nueva lista por orden riguroso de puntuación final, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es y
en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, www.aspex.juntaex.es
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la media aritmética de las
calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en el Curso Selectivo impartido por la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura respectivamente.
Las personas aspirantes serán convocadas, en los mismos términos de lo dispuesto en la base
8.3., para la elección de destino definitivo, salvo que, tras el desarrollo del curso selectivo y la
suma de la calificación final del mismo, el orden de las y los aspirantes permaneciera inalterado, en cuyo caso, se considerará como destino definitivo aquél en el que hubieran obtenido
inicialmente el nombramiento como personal funcionario en prácticas.
Una vez publicada en el Diario Oficial de Extremadura la resolución de la persona titular de
la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales, comprensiva de las
calificaciones obtenidas en el proceso selectivo, los ayuntamientos procederán a efectuar los
correspondientes nombramientos como personal funcionario de carrera.
Los nombramientos señalados en el apartado anterior deberán ser publicados en el Diario
Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es y en el boletín oficial de la provincia en cuya
circunscripción radique el ayuntamiento que los realiza.
Las personas nombradas deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo que se establezca
para ello, que como máximo será de quince días. Si no lo hicieran, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones, entendiéndose, que renuncian a la plaza.
Lunes 27 de febrero de 2023
12040
nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, los y
las aspirantes declaradas no aptas, podrán participar en un curso posterior, oída la Junta de
Profesores y siempre que conste el informe favorable de la Dirección de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, y la autorización de la persona titular de la Dirección General
competente en materia de Coordinación de Policías Locales.
La calificación definitiva del Curso Selectivo vendrá determinada por la media aritmética de las
calificaciones numéricas obtenidas del total de asignaturas que lo integran y que, en cualquier
caso, deberá arrojar un resultado igual o superior a 5 puntos. Además, cada persona deberá
obtener una calificación como APTA, tanto en la valoración aptitudinal y psicológica que se
realice durante el curso presencial, como durante en el período de prácticas respectivamente.
Décima. Nombramiento definitivo y toma de posesión.
Una vez finalizado el Curso Selectivo, con la relación definitiva de aspirantes que hayan superado todo el proceso de selección, se confeccionará una nueva lista por orden riguroso de puntuación final, que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es y
en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, www.aspex.juntaex.es
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la media aritmética de las
calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en el Curso Selectivo impartido por la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura respectivamente.
Las personas aspirantes serán convocadas, en los mismos términos de lo dispuesto en la base
8.3., para la elección de destino definitivo, salvo que, tras el desarrollo del curso selectivo y la
suma de la calificación final del mismo, el orden de las y los aspirantes permaneciera inalterado, en cuyo caso, se considerará como destino definitivo aquél en el que hubieran obtenido
inicialmente el nombramiento como personal funcionario en prácticas.
Una vez publicada en el Diario Oficial de Extremadura la resolución de la persona titular de
la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales, comprensiva de las
calificaciones obtenidas en el proceso selectivo, los ayuntamientos procederán a efectuar los
correspondientes nombramientos como personal funcionario de carrera.
Los nombramientos señalados en el apartado anterior deberán ser publicados en el Diario
Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es y en el boletín oficial de la provincia en cuya
circunscripción radique el ayuntamiento que los realiza.
Las personas nombradas deberán tomar posesión de sus cargos en el plazo que se establezca
para ello, que como máximo será de quince días. Si no lo hicieran, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones, entendiéndose, que renuncian a la plaza.