Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Policías Locales. (2023050039)
Orden de 16 de febrero de 2023 por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 39
Lunes 27 de febrero de 2023
12041
En el indicado plazo, si procede, las personas nombradas deberán ejercitar la opción prevista
en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que
vinieran desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el personal funcionario nombrado deberá prestar juramento
o promesa de acuerdo con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por
el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),
le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros automatizados de
la Consejería competente en materia de coordinación de policía local de la Junta de Extremadura, así como de los respectivo Ayuntamientos participantes, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales,
incompatibilidades y otros extremos, salvo que los y las aspirantes indiquen expresamente no
querer que dicha información se utilice a tales efectos, cuyos titulares son tanto la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio como los respectivos Ayuntamientos
participantes, ante los cuales puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos
reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa
podrá interponerse, por las personas interesadas legitimadas potestativamente, recurso de
reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes contado a partir del día
siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación/publicación de la misma o, directamente
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que
pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Lunes 27 de febrero de 2023
12041
En el indicado plazo, si procede, las personas nombradas deberán ejercitar la opción prevista
en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que
vinieran desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el personal funcionario nombrado deberá prestar juramento
o promesa de acuerdo con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por
el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.
Undécima. Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),
le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros automatizados de
la Consejería competente en materia de coordinación de policía local de la Junta de Extremadura, así como de los respectivo Ayuntamientos participantes, cuya finalidad es la de ser
utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales,
incompatibilidades y otros extremos, salvo que los y las aspirantes indiquen expresamente no
querer que dicha información se utilice a tales efectos, cuyos titulares son tanto la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio como los respectivos Ayuntamientos
participantes, ante los cuales puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos
reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa
podrá interponerse, por las personas interesadas legitimadas potestativamente, recurso de
reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes contado a partir del día
siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación/publicación de la misma o, directamente
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que
pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.