Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2023060577)
Resolución de 9 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 38
Viernes 24 de febrero de 2023
11795
no hubieran sufrido modificación, no será necesaria su presentación, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Que se haga constar en la solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron
presentados.
— Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento
al que correspondan.
Noveno. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de
subvenciones y plazo para la notificación de la resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Dirección
General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, que podrá realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de
resolución.
2. Para la evaluación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración, que se regirá en cuanto a su funcionamiento por lo dispuesto en la normativa aplicable a los órganos
colegiados.
3. La composición de la Comisión de Valoración será la que sigue:
— Presidencia: El Director General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias, o persona en quien delegue.
— Vocalías: D.ª María del Carmen Salcedo Quirós y D. Jesús Ricardo del Barco Cordero,
personal técnico de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
— Secretaría: D.ª Noelia Acevedo Moreno personal funcionario de la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
4. Corresponde a la Comisión de Valoración:
— Recabar cuanta documentación e informes considere necesarios para la mejor valoración de las solicitudes.
— Emitir el informe de valoración.
5. A la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, formulará la propuesta
Viernes 24 de febrero de 2023
11795
no hubieran sufrido modificación, no será necesaria su presentación, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Que se haga constar en la solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron
presentados.
— Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento
al que correspondan.
Noveno. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de
subvenciones y plazo para la notificación de la resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Dirección
General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, que podrá realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de
resolución.
2. Para la evaluación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración, que se regirá en cuanto a su funcionamiento por lo dispuesto en la normativa aplicable a los órganos
colegiados.
3. La composición de la Comisión de Valoración será la que sigue:
— Presidencia: El Director General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y
Sociosanitarias, o persona en quien delegue.
— Vocalías: D.ª María del Carmen Salcedo Quirós y D. Jesús Ricardo del Barco Cordero,
personal técnico de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
— Secretaría: D.ª Noelia Acevedo Moreno personal funcionario de la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
4. Corresponde a la Comisión de Valoración:
— Recabar cuanta documentación e informes considere necesarios para la mejor valoración de las solicitudes.
— Emitir el informe de valoración.
5. A la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, la Dirección General
de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, formulará la propuesta