Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023
11592
Cuando los derechohabientes pretendan la subrogación en los derechos y obligaciones de
la persona titular de la ayuda, es decir, continuar con los compromisos, y así lo hacen saber
solicitando la subrogación en los mismos, se iniciará el procedimiento dispuesto para ello
en esta orden reguladora.
Artículo 83. Modificación de datos.
Las personas beneficiarias de las intervenciones tendrán obligación de comunicar, por escrito,
cualquier variación de los datos aportados en los impresos de solicitud de las ayudas que afecten a los compromisos adquiridos, en el plazo de diez días desde la fecha en que se produjo
el hecho que dio lugar a la modificación y especialmente en el caso de cambio de domicilio.
Disposición transitoria única. Procedimientos ya iniciados.
La presente orden sólo será aplicable a los procedimientos de concesión de subvenciones,
derivadas de las intervenciones reguladas en la misma, que se inicien después de su entrada
en vigor. Las solicitudes de ayudas de agroambiente y clima y agricultura ecológica acogidas
al Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica para prácticas agrarias compatibles con la
protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y al
Programa de Desarrollo Rural 2014/2020 y sus modificaciones o a programas anteriores, así
como las solicitudes de pago de las mismas que se presenten con posterioridad a la entrada
en vigor de esta orden reguladora, continuarán rigiéndose por dicha normativa. No obstante
lo anterior, a las solicitudes de subrogación relativas a dichas ayudas les será de aplicación lo
establecido en el CAPÍTULO V. Subrogaciones en los compromisos objeto de las intervenciones, en las solicitudes de concesión y en los derechos de los beneficiarios de ayudas. Modificación de datos, de las presentes bases reguladoras.
Disposición adicional primera. Errores manifiestos en operaciones, ayudas, con
compromisos vigentes.
1. Para los compromisos adquiridos en virtud de las distintas órdenes de convocatorias del
Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, en lo referente a las ayudas de agroambiente y
clima y agricultura ecológica, los errores manifiestos relacionados con los cultivos asociados, en el caso haber declarado la totalidad de la superficie de un solo cultivo, cuando dicha
superficie tiene como uso cultivo asociado, podrá solicitar la declaración de error manifiesto
indicando la superficie que corresponde a cada cultivo.
2. Para referidas ayudas agroambientales y agricultura ecológica, se entenderá que concurre
error manifiesto, con la consiguiente declaración y corrección, los casos establecidos en el
artículo 8 de la ORDEN de 27 de enero de 2021 que regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos
Jueves 23 de febrero de 2023
11592
Cuando los derechohabientes pretendan la subrogación en los derechos y obligaciones de
la persona titular de la ayuda, es decir, continuar con los compromisos, y así lo hacen saber
solicitando la subrogación en los mismos, se iniciará el procedimiento dispuesto para ello
en esta orden reguladora.
Artículo 83. Modificación de datos.
Las personas beneficiarias de las intervenciones tendrán obligación de comunicar, por escrito,
cualquier variación de los datos aportados en los impresos de solicitud de las ayudas que afecten a los compromisos adquiridos, en el plazo de diez días desde la fecha en que se produjo
el hecho que dio lugar a la modificación y especialmente en el caso de cambio de domicilio.
Disposición transitoria única. Procedimientos ya iniciados.
La presente orden sólo será aplicable a los procedimientos de concesión de subvenciones,
derivadas de las intervenciones reguladas en la misma, que se inicien después de su entrada
en vigor. Las solicitudes de ayudas de agroambiente y clima y agricultura ecológica acogidas
al Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica para prácticas agrarias compatibles con la
protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y al
Programa de Desarrollo Rural 2014/2020 y sus modificaciones o a programas anteriores, así
como las solicitudes de pago de las mismas que se presenten con posterioridad a la entrada
en vigor de esta orden reguladora, continuarán rigiéndose por dicha normativa. No obstante
lo anterior, a las solicitudes de subrogación relativas a dichas ayudas les será de aplicación lo
establecido en el CAPÍTULO V. Subrogaciones en los compromisos objeto de las intervenciones, en las solicitudes de concesión y en los derechos de los beneficiarios de ayudas. Modificación de datos, de las presentes bases reguladoras.
Disposición adicional primera. Errores manifiestos en operaciones, ayudas, con
compromisos vigentes.
1. Para los compromisos adquiridos en virtud de las distintas órdenes de convocatorias del
Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, en lo referente a las ayudas de agroambiente y
clima y agricultura ecológica, los errores manifiestos relacionados con los cultivos asociados, en el caso haber declarado la totalidad de la superficie de un solo cultivo, cuando dicha
superficie tiene como uso cultivo asociado, podrá solicitar la declaración de error manifiesto
indicando la superficie que corresponde a cada cultivo.
2. Para referidas ayudas agroambientales y agricultura ecológica, se entenderá que concurre
error manifiesto, con la consiguiente declaración y corrección, los casos establecidos en el
artículo 8 de la ORDEN de 27 de enero de 2021 que regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos