Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11552

4. T
 ener los animales reproductores objeto de ayuda inscritos en el Libro de Registro Oficial
de la raza. El solicitante deberá aporta el documento que acredite este requisito, así como
en el que se especifique el número de animales inscritos.
5. Disponer de un número mínimo de UGM según especie.
• Bovino: 4 UGM.
• Ovino o caprino: 1 UGM.
• Porcino: 3 UGM.
• Equino-asnal: 0.80 UGM.
Para la conversión a Unidades de Ganado Mayor se aplicará la tabla establecida en el ANEXO
V del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de
las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes
en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud
única del sistema integrado de gestión y control.
6. El no cumplimiento de estos requisitos de admisibilidad supondrá la no concesión y/o pago
de la ayuda o, en su caso, su retirada o exclusión conforme a la tipificación específica que
se establezca.
Artículo 44. Compromisos.
1. U
 na vez verificados los requisitos de admisibilidad anteriormente expuestos, las personas
beneficiarias deberán cumplir con los siguientes compromisos:
a) Tener registradas a su nombre las unidades objeto de ayuda en el Registro de Explotaciones Ganaderas durante el periodo de compromiso, realizando la declaración censal
obligatoria cada año según la normativa general y específica vigente.
b) Mantener o incrementar el número de UGMs comprometidas, de cada raza, objeto de la
ayuda.
c) Contar con asesoramiento técnico cualificado o experiencia y/o formación.


— Serán consideradas personas con experiencia aquellas que hayan sido beneficiarias
de operación “Razas autóctonas en peligro de extinción” en el Programa Desarrollo
Rural 2014-2022.



— Para el resto de solicitantes que fueran personas físicas, la acreditación de la formación específica requerirá estar en posesión de la titulación universitaria en Vete-