Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050037)
Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11518

Protección de la avifauna” con el referido eco régimen, conllevará la no consideración de
la misma en el proceso de concesión de la intervención de desarrollo rural.
Si, para solicitudes de pagos distintos a la primera anualidad de la Intervención FEADER, “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna”
o la solicitud de pago la operación “10.1.4. Aves esteparias y Fomento de la agricultura
de conservación en cultivos herbáceos” del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022,
de Extremadura, se solicitara en las mismas unidades de superficie, en la/s misma/s
línea/s declarativa/s, la intervención eco-régimen referida de FEAGA, a los efectos de
evitar doble financiación, se considerará como no solicitada en FEADER, no procediendo
el pago por esa superficie inicialmente comprometida, aplicándose, en su caso, la correspondiente penalización por incumplimiento de compromisos.
b. L
 as unidades de superficie, líneas declarativas gráficas, donde se soliciten la intervención FEAGA relacionada con la “Práctica P1. Pastoreo extensivo” del eco régimen 2
“Agricultura de carbono y Agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en
las superficies de pastos mediterráneos” con código de intervención 1PD31001802V1,
serán incompatibles con las solicitada para la operación “10.1.5. Ganadería extensiva de
calidad” del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 de Extremadura, no procediendo
el pago por la superficie inicialmente comprometida de esa operación 10.1.5, aplicándose, en su caso, la correspondiente penalización por incumplimiento de compromisos.
c. La actuación del PDR 2014-2022 y las posibles convocatorias de las nuevas intervenciones del PE PAC 2023-2027, No SIGC, relacionadas con la “siembra no productiva de cereales y leguminosas” de las ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas en
zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, de la dirección
general competente en materia de medio ambiente, será incompatible con la solicitud
de pago de la operación “10.1.4. Aves esteparias y Fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos” y con solicitudes de ayudas y/o pagos de la Intervención,
también de desarrollo rural, del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, “Compromisos
agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna”.
De la misma manera que en el apartado anterior, la superficie coincidente en la primera solicitud de ayuda de la intervención “Compromisos agroambientales en superficies
agrarias. Protección de la avifauna” con la actuación del PDR 2014-2022 y las posibles
convocatorias de las nuevas intervenciones, no SIGC, del PE PAC 2023-2027, relacionadas con la “siembra no productiva de cereales y leguminosas” de las ayudas para el
desarrollo sostenible en áreas protegidas en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante”, conllevará la no consideración de la misma en el proceso
de concesión de la intervención de desarrollo rural. Protección de la avifauna”.