Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050036)
Orden de 20 de febrero de 2023 por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores-Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

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claves de acceso a las herramientas de tramitación electrónica, también de la citada Consejería y para dar cumplimiento al artículo 5 del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre,
en lo referente a la obligación por parte de las personas titulares de las explotaciones agrarias y empresas conexas de relacionarse por medios electrónicos con la Dirección General
competente en materia de Política Agraria Común.
No obstante, lo anterior, y conforme al artículo 105.1 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de
diciembre, la Consejería con competencias en agricultura, a través de las correspondientes
oficinas establecidas al efecto, podrá poner a disposición los medios necesarios para que
las personas titulares de explotaciones agrarias, personas físicas, que no tengan los medios electrónicos necesarios, puedan realizar y presentar la solicitud única.
4. Una vez cumplimentados los formularios correspondientes a la presentación de la solicitud única, la aplicación informática generará el Formulario Normalizado, que será el único
documento que deberá ser firmado, presentado y registrado junto con la documentación
que en cada caso se determine, a través de la plataforma electrónica, dirigido a la persona
titular de la Dirección General con competencias en Política Agraria Común.
5. En caso de actualización de datos del Registro de Producción Integrada, ROPPI, inscripción/
actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica y
de solicitud de ayuda de agricultura de conservación en pendiente, el formulario será dirigido además a la persona titular de la Dirección General con competencias en Agricultura
y Ganadería.
6. El plazo de presentación de la solicitud única para el año 2023, se iniciará el 1 de marzo y
finalizará el día 31 de mayo del mencionado año, ambos inclusive.
A partir del año 2024 el plazo se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada
año.
Las solicitudes se presentarán conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece la obligación a los sujetos a los que se refiere dicho
artículo de relacionarse con la Administración por medios electrónicos, y en el caso de las
personas titulares de la explotación u operadores que sean personas físicas, se dispone,
en atención a sus características profesionales, la misma obligación en virtud de lo previsto en el artículo 14.3 de la citada norma, habida cuenta de que se trata de un sector en
constante proceso de digitalización y ya sometido a importantes obligaciones electrónicas
y que posee las herramientas suficientes para su aplicación efectiva, no obstante se tendrá
en cuenta lo dispuesto en los apartados 3 y 4 de este mismo artículo.