Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023050038)
Orden de 20 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de las intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023/2027.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

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ma de prorrateo entre las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos, y concretará el
resultado obtenido. Este informe deberá remitirse al órgano instructor.
Artículo 30. Inicio del procedimiento de concesión de las ayudas.
1. El procedimiento de concesión de las ayudas, que se tramitará electrónicamente de conformidad con las prescripciones impuestas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, se iniciará siempre de oficio. La convocatoria de las presentes ayudas, para el periodo de programación del Plan Estratégico de la
PAC 2023-2027 para España, se incluirá en la correspondiente Resolución de convocatoria
de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de agricultura de la Junta
de Extremadura, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la presente orden.
Conforme al artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las autoridades competentes
pondrán a disposición de las personas solicitantes de las ayudas, para facilitar y simplificar
el acceso a la gestión de dicho procedimiento por medios electrónicos, las herramientas y
servicios necesarios para posibilitar el ejercicio de sus obligaciones y derechos.
La gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo caso a lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679
(UE) de 27 de abril de 2016.
2. L
 a resolución de convocatoria se publicará de conformidad y en los términos establecidos
en la Ley 6/2011 de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa sobre
publicación de bases reguladoras y convocatorias de ayudas que fuere de aplicación a las
contempladas en la presente Orden.
3. Toda la información del procedimiento se hallará publicada en el Portal Juntaex.es, en el
punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es
dentro de la publicación del correspondiente trámite.
Artículo 31. Solicitudes para la concesión de las ayudas.
1. L
 a solicitud de concesión y pago de las ayudas derivadas de las distintas intervenciones
contempladas en esta Orden se cumplimentará en la forma y en los términos y condiciones
establecidos en la normativa reguladora de solicitud única del sistema integrado de gestión
y control de la Comunidad Autónoma de Extremadura y según lo previsto en el Real Decreto 1048/2022 PEPAC, de 27 de diciembre.