Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040231)
Decreto 153/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a colectivos vulnerables para la contratación de servicios de conexión de banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, a través de operadores adheridos al programa de ayudas y se aprueba la única convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 36
Miércoles 22 de febrero de 2023

11152

g. Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como, aportar todas las decla‑
raciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.
Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del MRR son obligaciones para
el destinatario último, el registro de sus datos en una base de datos única, propuesta
por el estado miembro y la sujeción a los controles llevados a cabo por los organismos
europeos. Además, deberán ejercer el compromiso por escrito, en virtud de declaración
responsable recogida en el modelo de Anexo establecido en la convocatoria, de conce‑
der los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión Europea, la
Oficina de Lucha contra el Fraude, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea
y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias. El pago quedará
condicionado expresamente a la concesión de estos derechos y accesos.
h. Autorizar la cesión del derecho a recibir el pago de la totalidad de la ayuda concedida
por parte del operador colaborador con el que tenga contratados los servicios.
i. Comunicar a la dirección general con competencias en agenda digital de la consejería con
competencias en agenda digital, la existencia de cualquier ayuda para el mismo fin.
j. Comunicar a la dirección general con competencias en agenda digital, las incidencias
relativas al expediente de concesión en el momento en que las mismas se produzcan.
Esta comunicación deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, y en todo caso con
anterioridad a la finalización del plazo de ejecución.
k. Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones,
en la presente Decreto y en la resolución individual de concesión de la subvención.
l. Las personas beneficiarias de la ayudas deberán dar cumplimiento al principio de “no
causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do no significant harm DNSH) y el etiquetado climático y digital, con un porcentaje del 0 por ciento y del 100
por ciento respectivamente, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril
de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resi‑
liencia, en cuyo anexo VI se incluyen los campos de intervención a los que corresponden
las actuaciones subvencionables de los programas de esta resolución según quedan es‑
pecificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en