Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040231)
Decreto 153/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a colectivos vulnerables para la contratación de servicios de conexión de banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, a través de operadores adheridos al programa de ayudas y se aprueba la única convocatoria.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 36
Miércoles 22 de febrero de 2023
11139
que establecen las directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración
de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).
2. Para la adhesión como operador colaborador será requisito necesario la previa formaliza‑
ción de un convenio entre la consejería con competencias en materia de agenda digital, a
través de la dirección general con competencias en agenda digital y la citada operadora,
en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por esta entidad, que se
adecuará a los contenidos establecidos por los artículos 14 y 15 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El plazo para que los operadores soliciten su participación como operador colaborador será
de diez días hábiles, aportando a tal efecto el anexo correspondiente establecido en la con‑
vocatoria y toda la documentación indicada en la misma. Por su parte, el plazo para que
los operadores formalicen el convenio será de un mes. Ambos plazos comenzarán a com‑
putarse partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es/).
La adhesión de los operadores al presente programa de ayudas se hará a través de la
inscripción en el registro de operadores habilitado por la consejería con competencias en
agenda digital una vez formalizado el convenio y será reconocida por el órgano con com‑
petencias en materia de agenda digital.
En el momento de la adhesión, los operadores deberán reunir y acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos:
a. Tener domicilio a efectos de notificaciones y un representante en la Comunidad Autóno‑
ma de Extremadura.
b. Los operadores colaboradores deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributa‑
rias con la Hacienda estatal y con la Hacienda autonómica, así como de sus obligaciones
frente a la Seguridad Social, mediante certificación administrativa emitida por los orga‑
nismos competentes, que se recabará de oficio por la dirección general con competen‑
cias en materia de agenda digital, salvo que manifiesten de forma expresa su oposición
o la no autorización en el apartado correspondiente del modelo de solicitud de adhesión
destinado al efecto que acompañe a la convocatoria.
c. Cada operador deberá realizar una declaración responsable (conforme al modelo de
anexo destinado al efecto que acompañe a la convocatoria) de estar en posesión de los
títulos habilitantes necesarios para la prestación de los servicios descritos, en el ámbito
Miércoles 22 de febrero de 2023
11139
que establecen las directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración
de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).
2. Para la adhesión como operador colaborador será requisito necesario la previa formaliza‑
ción de un convenio entre la consejería con competencias en materia de agenda digital, a
través de la dirección general con competencias en agenda digital y la citada operadora,
en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por esta entidad, que se
adecuará a los contenidos establecidos por los artículos 14 y 15 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El plazo para que los operadores soliciten su participación como operador colaborador será
de diez días hábiles, aportando a tal efecto el anexo correspondiente establecido en la con‑
vocatoria y toda la documentación indicada en la misma. Por su parte, el plazo para que
los operadores formalicen el convenio será de un mes. Ambos plazos comenzarán a com‑
putarse partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es/).
La adhesión de los operadores al presente programa de ayudas se hará a través de la
inscripción en el registro de operadores habilitado por la consejería con competencias en
agenda digital una vez formalizado el convenio y será reconocida por el órgano con com‑
petencias en materia de agenda digital.
En el momento de la adhesión, los operadores deberán reunir y acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos:
a. Tener domicilio a efectos de notificaciones y un representante en la Comunidad Autóno‑
ma de Extremadura.
b. Los operadores colaboradores deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributa‑
rias con la Hacienda estatal y con la Hacienda autonómica, así como de sus obligaciones
frente a la Seguridad Social, mediante certificación administrativa emitida por los orga‑
nismos competentes, que se recabará de oficio por la dirección general con competen‑
cias en materia de agenda digital, salvo que manifiesten de forma expresa su oposición
o la no autorización en el apartado correspondiente del modelo de solicitud de adhesión
destinado al efecto que acompañe a la convocatoria.
c. Cada operador deberá realizar una declaración responsable (conforme al modelo de
anexo destinado al efecto que acompañe a la convocatoria) de estar en posesión de los
títulos habilitantes necesarios para la prestación de los servicios descritos, en el ámbito