Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario. (2023060517)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
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NÚMERO 35
Lunes 20 de febrero de 2023

11073

Igualmente, se facilita a los interesados una información que se realiza mediante un sistema de valoración automático, accesible a cualquier persona a través del Portal Tributario de
la Junta de Extremadura. Para la obtención de los valores tributarios no es necesario que el
interesado se identifique y los valores obtenidos están determinados por la información que
incorpore el usuario al sistema informático.
El Tribunal Supremo en Sentencia 75/2023, de 23 de enero, ha establecido que la Administración debe motivar en la comunicación de inicio de un procedimiento de comprobación de
valores, cualquiera que sea la forma en que se inicie conforme al artículo 134.1 de la LGT y el
medio de comprobación utilizado, las razones que justifican su realización y, en particular, la
causa de la discrepancia con el valor declarado en la autoliquidación y los indicios de una falta
de concordancia entre el mismo y el valor real.
En las valoraciones que se deben realizar por perito de la Administración se dará prioridad
a las actuaciones de valoración de inmuebles que, por sus dimensiones o tipología, poten­
cialmente puedan suponer una mayor diferencia en términos absolutos entre los va­lores declarados y los comprobados.
En la comprobación de valor de bienes de naturaleza urbana y bienes de naturaleza rústica
con construcciones, por medio de perito de la Administración, con carácter ge­neral, se girará
visita de inspección para observar las circunstancias físicas tales, como el estado de conservación, que puedan suponer afección a su valor.
4. GESTIÓN TRIBUTARIA
Corresponde a Gestión Tributaria realizar las actuaciones de verificación, comprobación y
control de los obligados tributarios. Gestión Tributaria llevará a cabo actuaciones de control
extensivo que comprenden las actuaciones masivas, a fin de lograr someter a control las
declaraciones que presentan los obligados tributarios, utilizando el cruce de información y la
verificación de datos, con la finalidad de detectar y corregir los incumplimientos tributarios
más repetidos y de menor gravedad y complejidad, que corren a cargo de la Inspección.
Las actuaciones de control extensivo deben basarse en procesos de asignación de expedientes según los parámetros que se definan, así como, a través de muestreos selectivos, de
modo que se mantenga constante la presión sobre presentadores y no presentadores.
Se actuará sobre todos los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura,
tanto cedidos como propios, y las actuaciones que desarrollarán los órganos de gestión tributaria en materia de control serán, entre otras, las siguientes:
1. Formación y mantenimiento del censo de contribuyentes.