Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060447)
Resolución de 8 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Cáceres y Badajoz para la realización del Programa Asistencial de Mantenimiento con Metadona en Extremadura.
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NÚMERO 34
Viernes 17 de febrero de 2023

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Quinta. Financiación y regimen económico del Convenio.
a. El Programa asistencial de Mantenimiento con Metadona en Extremadura, como actividad
de naturaleza prestacional, que tiene por objeto la asistencia al ciudadano en el marco de
las competencias propias del Servicio Extremeño de Salud, se financia con fondos propios
de la Comunidad Autónoma, con cargo al capítulo 4 del presupuesto de gastos, y el crédito
previsto para su realización asciende a un importe total de trescientos veintidos mil euros
(322.000 €).
El SES abonará las obligaciones económicas dimanantes del presente convenio a los Colegios de Farmacéuticos de Badajoz y Cáceres trimestralmente, previa justificación. No
obstante, el pago del primer trimestre se realizará mensualmente, previa justificación.
Por otro lado, si durante la vigencia del convenio, se produjera un aumento del número
de pacientes atendidas/os y, en consecuencia, se precisara un incremento de litros de
metadona elaborados o de transporte de solución de metadona, podrán ampliarse los créditos presupuestados hasta la necesidad valorada, con informe detallado de la Secretaria
Técnica de Adicciones de la Dirección General competente en materia de Salud Pública del
SES, previa firma por las partes de la correspondiente adenda de modificación del presente
convenio.
b. Actuaciones y gastos justificables.
Tendrán la consideración de gastos justificables conforme al convenio los que se detallan
a continuación:
a) Gasto mensual por paciente atendido/a en oficina de farmacia.
La atención individualizada al paciente en la oficina de farmacia incluye:


— La elaboración y dispensación personalizada de las dosis de metadona suministradas
a pacientes incluidos por los ECAS en el programa.



— La explicación relativa al procedimiento de dispensación.



— El establecimiento consensuado con el paciente de un horario para la dispensación
de la metadona.



— La resolución de aquellos problemas y dudas que vayan surgiendo durante la duración del tratamiento.



— Cumplimentar cada mes la hoja de registro individual de cada paciente conforme al
modelo IV del programa, enviándola al correspondiente Colegio en los cinco primeros