Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sanidad. Formación. (2023040035)
Decreto 9/2023, de 10 de febrero, por el que se regula la figura del Tutor o Tutora de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 33
Jueves 16 de febrero de 2023
10258
visar y evaluar todo el proceso de formación, proponiendo, cuando proceda, medidas de
mejora en la impartición del programa y favoreciendo el autoaprendizaje, la asunción progresiva de responsabilidades y la capacidad investigadora del residente.
Corresponden igualmente al tutor o tutora de formación sanitaria especializada las funciones que a continuación se detallan.
1.1. P
lanificar el proceso de aprendizaje individual de cada residente, mediante la realización
de las tareas que a continuación se especifican:
a) Proponer la guía o itinerario formativo tipo de la especialidad, de acuerdo con la jefatura asistencial y las previsiones del programa de la especialidad y aplicable a todos
los residentes de la especialidad que se formen, para su aprobación por la comisión de
docencia. Esta guía será objeto de revisión o actualización de forma periódica, al menos
cada dos años.
b) Elaborar y controlar el desarrollo del plan individual de formación anual de cada residente, identificando las necesidades de formación, los objetivos de aprendizaje relacionados, las rotaciones externas y proponiendo las adaptaciones a cada residente,
en coordinación con los responsables de los dispositivos asistenciales y docentes que
intervengan en su proceso formativo y de conformidad con las directrices de la jefatura
de estudios y la comisión de docencia.
c) Orientar y asesorar a cada residente en los temas de la especialidad y de la práctica
asistencial, promoviendo el autoaprendizaje y realizando un seguimiento periódico y
estructurado.
d) Proponer las rotaciones internas y externas a aquella persona tutora principal que asuma el ejercicio de las funciones de coordinación, o en ausencia de esta, a la comisión
de docencia; con especificación de los objetivos que se pretenden conseguir y criterios
de evaluación correspondientes, así mismo, organizar y supervisar la rotación en su
servicio de residentes de otras especialidades y/o otras unidades docentes externas.
e) F
avorecer la asunción de responsabilidad progresiva en la tarea asistencial del o de la residente, supervisando el contenido y la realización de las actividades asistenciales e impartiendo instrucciones específicas sobre el grado de responsabilidad asumible de cada residente a su cargo y según la valoración individual del proceso de adquisición de competencias.
f) Fomentar la actividad docente mediante la participación en las sesiones generales del
centro y de la propia unidad docente, así como la realización de actividades formativas
del plan transversal común formativo.
Jueves 16 de febrero de 2023
10258
visar y evaluar todo el proceso de formación, proponiendo, cuando proceda, medidas de
mejora en la impartición del programa y favoreciendo el autoaprendizaje, la asunción progresiva de responsabilidades y la capacidad investigadora del residente.
Corresponden igualmente al tutor o tutora de formación sanitaria especializada las funciones que a continuación se detallan.
1.1. P
lanificar el proceso de aprendizaje individual de cada residente, mediante la realización
de las tareas que a continuación se especifican:
a) Proponer la guía o itinerario formativo tipo de la especialidad, de acuerdo con la jefatura asistencial y las previsiones del programa de la especialidad y aplicable a todos
los residentes de la especialidad que se formen, para su aprobación por la comisión de
docencia. Esta guía será objeto de revisión o actualización de forma periódica, al menos
cada dos años.
b) Elaborar y controlar el desarrollo del plan individual de formación anual de cada residente, identificando las necesidades de formación, los objetivos de aprendizaje relacionados, las rotaciones externas y proponiendo las adaptaciones a cada residente,
en coordinación con los responsables de los dispositivos asistenciales y docentes que
intervengan en su proceso formativo y de conformidad con las directrices de la jefatura
de estudios y la comisión de docencia.
c) Orientar y asesorar a cada residente en los temas de la especialidad y de la práctica
asistencial, promoviendo el autoaprendizaje y realizando un seguimiento periódico y
estructurado.
d) Proponer las rotaciones internas y externas a aquella persona tutora principal que asuma el ejercicio de las funciones de coordinación, o en ausencia de esta, a la comisión
de docencia; con especificación de los objetivos que se pretenden conseguir y criterios
de evaluación correspondientes, así mismo, organizar y supervisar la rotación en su
servicio de residentes de otras especialidades y/o otras unidades docentes externas.
e) F
avorecer la asunción de responsabilidad progresiva en la tarea asistencial del o de la residente, supervisando el contenido y la realización de las actividades asistenciales e impartiendo instrucciones específicas sobre el grado de responsabilidad asumible de cada residente a su cargo y según la valoración individual del proceso de adquisición de competencias.
f) Fomentar la actividad docente mediante la participación en las sesiones generales del
centro y de la propia unidad docente, así como la realización de actividades formativas
del plan transversal común formativo.