Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023040006)
Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el periodo 2023-2024.
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

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Administraciones Públicas, deberán presentar las solicitudes utilizando el modelo normalizado disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, junto con los modelos de
documentos que deben acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado
al efecto en la misma y se cumplimentarán utilizando dicha herramienta informática y
según las instrucciones establecidas.
b. N
 o obstante todo lo anterior, en el caso de que no estuviesen habilitados los medios
tecnológicos necesarios, circunstancia que se determinará en la correspondiente convocatoria, todas las personas solicitantes, podrán presentar las solicitudes en las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En la página web https://www.juntaex.es estará disponible toda la información de los
distintos programas de subvenciones y se habilitará el acceso a la sede electrónica para
formular la solicitud de forma telemática. Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito, será inadmitida.
2. L
 os interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica del modelo de solicitud, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor. Si no disponen de
ellos, podrán obtenerlos en las siguientes direcciones:


https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009, o bien

http://www.cert.fnmt.es/.
3. La solicitud incluirá una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos
con carácter general y de forma específica para cada uno de los programas de ayudas regulados en este decreto y, en su caso, deberá ir acompañada de la documentación prevista
para cada uno de ellos.
De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor recabará de oficio los datos y documentos necesarios para la tramitación y resolución del procedimiento,
salvo que la persona solicitante se oponga o no autorice expresamente, en su caso, en el
modelo de solicitud a que se realicen las consultas oportunas, debiendo aportar, en este
caso, dichos datos y documentos.
Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas solicitantes tampoco tendrán que adjuntar a su solicitud los documentos