Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

9886

La financiación de estas actuaciones tiene como fin mejorar la cantidad de residuos preparados para su reutilización procedentes de residuos recogidos separadamente, entre otros,
residuos de aparatos eléctricos o electrónicos, residuos textiles, aceites vegetales usados
de origen doméstico (solo operación de valorización R0303), plásticos no envase, así como
otras fracciones recogidas selectivamente, de origen doméstico o asimilable. A este objeto
se financiarán tanto instalaciones nuevas como ampliación de las existentes para incluir
preparación para la reutilización.
Se habrá de presentar un proyecto en el que se incluyan los tipos de residuos que prepararán para la reutilización, los tratamientos de cada uno de esos residuos, así como las
condiciones de venta, que incluirán la correspondiente garantía postventa y su declaración
como producto nuevo en aquellos casos que sea necesario.
En el caso de que el proyecto afecte a flujos de residuos cubiertos por la responsabilidad
ampliada del productor, no será financiable la parte atribuible a la responsabilidad ampliada del productor.
Serán subvencionables los siguientes conceptos:
a) La construcción de la instalación dedicada a la preparación para la reutilización, incluyendo zona de almacenaje y superficie destinada a la venta de los productos recuperados, así como la adquisición y adecuación de naves existentes para el mismo fin. La
financiación se limitará a los conceptos mínimos para un adecuado funcionamiento de
la instalación, y el proyecto cumplirá con todos los requisitos que la normativa sectorial
pueda imponer a estas instalaciones. No se incluyen instalaciones auxiliares, como oficinas.
b) Los elementos para la manipulación y almacenamiento adecuado tanto para los residuos
recibidos como para los productos recuperados, tales como maquinaria móvil, jaulas o
estanterías.
c) La maquinaria y herramientas necesarias para desarrollar los trabajos de preparación
para la reutilización. No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de
maquinaria y herramientas que no sean necesarias para el desarrollo de la actividad.
d) Formación para los trabajadores de la instalación.
e) Campaña de comunicación, una vez terminada la instalación y dirigida a concienciar a
la población cercana de la entrega de residuos para su preparación para la reutilización.