Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

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http://gobiernoabierto.juntaex.es/, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, la entidad beneficiaria, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, igualmente se indicarán, las menciones de identificación y publicidad del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión
Europea - NextGenerationEU.
Las resoluciones del procedimiento de concesión no agotan la vía administrativa y contra
ellas podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería para la Transición
Ecoló­gica y Sostenibilidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar la notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre. Si el acto no fuera expreso, el solicitante podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan
los efectos del silencio administrativo.
10. Justificación y abono de las ayudas.
1. F
 inalizadas las inversiones, el beneficiario solicitará el pago de la ayuda (Anexo II) debiendo acompañar la documentación justificativa acreditativa de la realización de las
inversiones. Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro
Electrónico General, de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.
gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo I, dirigidas a la
Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Administración Autonómica.
2. El plazo máximo para la presentación de la solicitud de liquidación será de un mes desde
la fecha de finalización del período de ejecución. La falta de solicitud de liquidación en
el plazo establecido conllevará una penalización conforme a lo establecido en el artículo
29.6 de las bases reguladoras.
3. El plazo concedido para la ejecución dependerá del importe y naturaleza de la inversión
y será como máximo de 18 meses, contados a partir de la fecha de la notificación de la
resolución de concesión de la ayuda. Podrá concederse, a petición del interesado, una
única prórroga de 6 meses más si el beneficiario acredita la ejecución, facturación y
pago de al menos el 35 % de la inversión.