Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

9883

La entrada en vigor del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de
12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conlleva, como condiciones de obligado cumplimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la de respetar el
principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH, por sus siglas en inglés,
Do No Significant Harm), así como las condiciones específicas vinculadas a dicho principio
detalladas en los documentos oficiales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(Decisión de Ejecución del Consejo y sus anexos).
En cumplimiento con el principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH),
las ayudas reguladas con el presente decreto han sido evaluadas en los principios establecidos
en el Reglamento de Taxonomía, a los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, la evaluación ha concluido que solo para el principio
de transición hacia la economía circular era preciso realizar una evaluación sustantiva, la cual
ha resultado favorable, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión, conforme a
la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en
virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En cuanto al etiquetado verde y digital, la inversiones recogidas en el presente decreto están recogidas en el Anexo VI del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, con campo de intervención 042 Gestión de residuos domésticos: medidas de
prevención, minimización, separación, reutilización y reciclado, con contribución al 100% al
objetivo medioambiental, y 40 % a los objetivos climáticos. Igualmente, las mismas no tienen
contribución al etiquetado digital.
Las actuaciones subvencionables son plenamente coherentes con los elementos del Pacto Verde Europeo al estar en línea con los principios de la Economía Circular y el II Plan de acción
de la COM, y contribuyen en su totalidad a alcanzar los objetivos en el ámbito de los residuos
que forman parte de la “transición verde”.
Las medidas incluidas promueven la economía circular, tienen por finalidad la mejora de las
infraestructuras medioambientales en el ámbito de los residuos, así como la reducción de la
generación de los residuos y la mejora de los sistemas de gestión de los mismos; todos ellos
ámbitos señalados en el Pacto Verde para alcanzar el objetivo de neutralidad climática en
2050. En el marco del Pacto Verde Europeo.