Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

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3. P
 ara la definición de la tipología de empresas se estará a lo dispuesto en el Anexo I del
Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación
de los artículos 107 y 108 del Tratado, modificado por el reglamento el Reglamento (UE)
2021/1237 de 23 julio de 2021.
Artículo 13. Financiación.
La línea de ayuda prevista en el presente decreto serán financiadas conforme a lo establecido
en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de 14 de abril de 2021, siendo
la fuente de financiación el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, por Fondos procedentes
de transferencia del Estado, relativas al Plan de apoyo a la implementación de la normativa de
residuos, Programa de Economía Circular y Plan de Impulso al Medio Ambiente Residuos del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en ejecución del Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía, Eje “Transicion Ecológica”, Política palanca
V “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo
e impulso a una España nación emprendedora”, Componente 12 “Política Industrial España
2030”, Inversión C12.I3 “Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al
fomento de la economía circular”. Estando sometidas a las Bases Reguladoras de los criterios
objetivos para la distribución territorial de dichos fondos, aprobadas en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de acuerdo con las previsiones de la Ley de Presupuestos del Estado,
en la línea denominada “Programa de Economía Circular”.
CAPITULO II
Procedimiento
Artículo 14. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en el presente decreto se tramitará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica, mediante
la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las
mismas de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 19 de estas bases, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
No obstante, lo anterior, no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes
presentadas que reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases, cuando el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes,
una vez finalizado el plazo de presentación.