Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023

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2. De acuerdo con el artículo 13.10 de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022, cuando las solicitudes recibidas conforme la primera convocatoria de las presentes ayudas superen la
cuantía de fondos inicialmente asignados a la misma, se establecerán listas de espera,
conforme el orden de prelación obtenido. Los solicitantes incluidos en dicha lista de espera, podrán ir accediendo a las ayudas en el orden establecido, según las disponibilidades
presupuestarias o según las anualidades presupuestarias aprobadas, en el caso de que la
CA reciba nuevas contribuciones del MRR para este mismo fin, sin necesidad de una nueva convocatoria de las ayudas. Dicha lista de espera, con su prelación, se hará pública a
través del portal extremambiente.juntaex.es. La tramitación de dichas concesiones estará
sometida a la aprobación y compromiso del gasto correspondiente.
Artículo 15. Presentación de la solicitud, documento y plazos.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria correspondiente, así como de su extracto, en el
Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es. La disposición adicional primera del
presente decreto, incluye la primera convocatoria.
2. Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud Anexo I, el cual se podrá descargar
del portal Juntaex.es http://www.juntaex.es y en portal ciudadano
https://ciudadano.gobex.es e irán acompañadas de la documentación requerida y se presentarán a través del Registro Electrónico General de Sede Electrónica
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf e irán dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la tramitación telemática, las personas interesadas deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de la solicitud, de un certificado electrónico en vigor. Si
no dispone del mismo, puede obtenerlo bien en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ o bien con el DNI electrónico, en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación en formato electrónico
con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 6 de este decreto.