Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040216)
Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 31
Martes 14 de febrero de 2023
9888
de preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales establecidos
en la Directiva 2008/98/CE, así como de los objetivos establecidos en la Directiva (UE)
2018/852 para el reciclado de residuos de envases y los de incorporación de plástico reciclado a las botellas para bebidas de la Directiva (UE) 2019/904.
Además de la construcción de nuevas instalaciones de reciclado, se subvenciona la adecuación de las instalaciones ya existentes, siempre y cuando dichas mejoras tengan por
objeto aumentar la calidad de los materiales reciclados para que sea compatible con el uso
alimentario de estos materiales.
Se priorizarán los proyectos en los que la calidad de los materiales obtenidos sea suficiente
para la entrada en contacto con alimentos, frente a otras plantas que obtengan calidades
inferiores.
Serán subvencionables los siguientes conceptos:
a) La construcción (incluyendo la adecuación del terreno) de la instalación dedicada al reciclado de los residuos de plásticos, incluyendo las zonas de almacenamiento, así como
adquisición y adecuación de naves existentes. No se incluyen las instalaciones auxiliares
(como oficinas, almacenes para maquinaria, etc).
b) La maquinaria y herramientas estrictamente necesarias para el proceso de reciclado.
Los procesos empleados deberán incluir necesariamente etapas de descontaminación
de los plásticos tratados. No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de
maquinaria y herramientas que no sean estrictamente necesarias para el reciclado de
los residuos de plásticos.
c) Los elementos para el trasiego y almacenamiento adecuado tanto para los residuos
recibidos como para los productos recuperados, tales como maquinaria móvil, jaulas o
estanterías.
d) La modificación de los tratamientos empleados en instalaciones de reciclado de residuos
de plásticos ya existentes cuyo objetivo sea obtener un material que alcance la calidad
necesaria para su entrada en contacto con alimentos.
e) Campaña de comunicación, una vez terminada la instalación y dirigida a concienciar a
la población cercana de la entrega de residuos para su preparación para la reutilización.
f) La adquisición de Software y hardware para el control y la trazabilidad tanto de los residuos recibidos y generados, como de los productos recuperados.
Martes 14 de febrero de 2023
9888
de preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales establecidos
en la Directiva 2008/98/CE, así como de los objetivos establecidos en la Directiva (UE)
2018/852 para el reciclado de residuos de envases y los de incorporación de plástico reciclado a las botellas para bebidas de la Directiva (UE) 2019/904.
Además de la construcción de nuevas instalaciones de reciclado, se subvenciona la adecuación de las instalaciones ya existentes, siempre y cuando dichas mejoras tengan por
objeto aumentar la calidad de los materiales reciclados para que sea compatible con el uso
alimentario de estos materiales.
Se priorizarán los proyectos en los que la calidad de los materiales obtenidos sea suficiente
para la entrada en contacto con alimentos, frente a otras plantas que obtengan calidades
inferiores.
Serán subvencionables los siguientes conceptos:
a) La construcción (incluyendo la adecuación del terreno) de la instalación dedicada al reciclado de los residuos de plásticos, incluyendo las zonas de almacenamiento, así como
adquisición y adecuación de naves existentes. No se incluyen las instalaciones auxiliares
(como oficinas, almacenes para maquinaria, etc).
b) La maquinaria y herramientas estrictamente necesarias para el proceso de reciclado.
Los procesos empleados deberán incluir necesariamente etapas de descontaminación
de los plásticos tratados. No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de
maquinaria y herramientas que no sean estrictamente necesarias para el reciclado de
los residuos de plásticos.
c) Los elementos para el trasiego y almacenamiento adecuado tanto para los residuos
recibidos como para los productos recuperados, tales como maquinaria móvil, jaulas o
estanterías.
d) La modificación de los tratamientos empleados en instalaciones de reciclado de residuos
de plásticos ya existentes cuyo objetivo sea obtener un material que alcance la calidad
necesaria para su entrada en contacto con alimentos.
e) Campaña de comunicación, una vez terminada la instalación y dirigida a concienciar a
la población cercana de la entrega de residuos para su preparación para la reutilización.
f) La adquisición de Software y hardware para el control y la trazabilidad tanto de los residuos recibidos y generados, como de los productos recuperados.