Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060393)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres sobre la integración del Servicio Provincial de Extinción de Incendios, en el Servicio de Atención de Llamadas de Urgencias a través del número telefónico 112.
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9592
Quinta. Compromisos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comunidad Autónoma de Extremadura proveerá y dotará la correspondiente estructura
técnica al Centro del servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número
telefónico 112.
La Diputación Provincial de Cáceres en su caso, efectuará las aportaciones técnicas necesarias
para la integración de su Servicio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios.
Sexta. Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso financiero
para las partes, no dará lugar a contraprestación económica alguna para las partes firmantes
del convenio y no supondrán incremento del gasto público ni generarán gasto alguno.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Para velar por el desarrollo y cumplimiento del presente Convenio, se constituirá una comisión
mixta paritaria integrada por los representantes de cada Institución firmante que se designen
y con alternancia anual de la presidencia, iniciada por la Junta de Extremadura.
Los representantes de la Junta de Extremadura serán designados por la persona titular de la
Consejería de la Comunidad Autónoma de Extremadura competente en materia de protección
civil y emergencias, los representantes de la Diputación de Cáceres serán nombrados por el
presidente de la Diputación de Cáceres.
La Comisión realizará seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de
los compromisos adquiridos por los firmantes y resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse respecto al convenio.
Asimismo la mencionada Comisión controlará los indicadores de calidad necesarios para la
correcta operatividad de los protocolos adicionales de desarrollo y resolverá los conflictos que
surjan en el desarrollo de las intercomunicaciones y ante las actuaciones de emergencia.
La Comisión estará compuesta por cuatro miembros de cada parte, quienes podrán delegar
esta función en quien designen de acuerdo con las materias a tratar por la Comisión de
Seguimiento.
La reunión constituyente de la comisión mixta prevista en este Convenio tendrá lugar en el
plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de su firma.
La comisión mixta deberá reunirse cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, una
vez al año.
Lunes 13 de febrero de 2023
9592
Quinta. Compromisos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Comunidad Autónoma de Extremadura proveerá y dotará la correspondiente estructura
técnica al Centro del servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número
telefónico 112.
La Diputación Provincial de Cáceres en su caso, efectuará las aportaciones técnicas necesarias
para la integración de su Servicio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios.
Sexta. Financiación.
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso financiero
para las partes, no dará lugar a contraprestación económica alguna para las partes firmantes
del convenio y no supondrán incremento del gasto público ni generarán gasto alguno.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Para velar por el desarrollo y cumplimiento del presente Convenio, se constituirá una comisión
mixta paritaria integrada por los representantes de cada Institución firmante que se designen
y con alternancia anual de la presidencia, iniciada por la Junta de Extremadura.
Los representantes de la Junta de Extremadura serán designados por la persona titular de la
Consejería de la Comunidad Autónoma de Extremadura competente en materia de protección
civil y emergencias, los representantes de la Diputación de Cáceres serán nombrados por el
presidente de la Diputación de Cáceres.
La Comisión realizará seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de
los compromisos adquiridos por los firmantes y resolverá los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan plantearse respecto al convenio.
Asimismo la mencionada Comisión controlará los indicadores de calidad necesarios para la
correcta operatividad de los protocolos adicionales de desarrollo y resolverá los conflictos que
surjan en el desarrollo de las intercomunicaciones y ante las actuaciones de emergencia.
La Comisión estará compuesta por cuatro miembros de cada parte, quienes podrán delegar
esta función en quien designen de acuerdo con las materias a tratar por la Comisión de
Seguimiento.
La reunión constituyente de la comisión mixta prevista en este Convenio tendrá lugar en el
plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de su firma.
La comisión mixta deberá reunirse cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, una
vez al año.