Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9657
El Artículo 7.4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de
mujeres y hombres señala lo siguiente “El condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de
acoso por razón de sexo se considerará también acto de discriminación por razón de sexo”.
Ambas modalidades de acoso se consideraran discriminatorias y pueden producirse entre
personas de igual o distinto nivel jerárquico, tengan o no una relación de dependencia
dentro de la estructura orgánica de la empresa.
IV. Órganos intervinientes en el procedimiento de prevención y actuación ante el acoso sexual
y el acoso por razón de sexo.
El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata es la principal responsable de conseguir un ambiente de trabajo adecuado para alcanzar el bienestar físico, mental y social de las personas trabajadoras, para ello se requiere la participación de todas las personas para asegurar
un entorno de trabajo respetuoso con los derechos de quienes lo integran, solicitando a
las personas responsables de los distintos departamentos que se tomen acciones positivas
para promocionar una política de tolerancia cero frente a situaciones de acoso sexual y por
razón de sexo.
Teniendo en cuenta lo señalado, se establecen unas funciones y responsabilidades, adaptadas a la estructura de cada administración.
Dirección de Recursos Humanos:
• Comunicar la declaración de Principios de tolerancia cero frente a situaciones de acoso
sexual y por razón de sexo.
• Informar a las personas trabajadoras del sistema de comunicación para el caso de acoso
sexual y por razón de sexo.
• Comunicar a los puestos de mando (direcciones, jefaturas, mandos intermedios, etc.), y
empresas colaboradoras su implicación y deber de colaboración en pro de conseguir un
ambiente de trabajo saludable, exento de situaciones de acoso.
• Promover a todos los niveles este protocolo.
• Implementar las medidas preventivas temporales o definitivas propuestas por la Comisión de Igualdad.
• Implementar las medidas cautelares propuestas por el Equipo de valoración de las denuncias.
Lunes 13 de febrero de 2023
9657
El Artículo 7.4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de
mujeres y hombres señala lo siguiente “El condicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva de acoso sexual o de
acoso por razón de sexo se considerará también acto de discriminación por razón de sexo”.
Ambas modalidades de acoso se consideraran discriminatorias y pueden producirse entre
personas de igual o distinto nivel jerárquico, tengan o no una relación de dependencia
dentro de la estructura orgánica de la empresa.
IV. Órganos intervinientes en el procedimiento de prevención y actuación ante el acoso sexual
y el acoso por razón de sexo.
El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata es la principal responsable de conseguir un ambiente de trabajo adecuado para alcanzar el bienestar físico, mental y social de las personas trabajadoras, para ello se requiere la participación de todas las personas para asegurar
un entorno de trabajo respetuoso con los derechos de quienes lo integran, solicitando a
las personas responsables de los distintos departamentos que se tomen acciones positivas
para promocionar una política de tolerancia cero frente a situaciones de acoso sexual y por
razón de sexo.
Teniendo en cuenta lo señalado, se establecen unas funciones y responsabilidades, adaptadas a la estructura de cada administración.
Dirección de Recursos Humanos:
• Comunicar la declaración de Principios de tolerancia cero frente a situaciones de acoso
sexual y por razón de sexo.
• Informar a las personas trabajadoras del sistema de comunicación para el caso de acoso
sexual y por razón de sexo.
• Comunicar a los puestos de mando (direcciones, jefaturas, mandos intermedios, etc.), y
empresas colaboradoras su implicación y deber de colaboración en pro de conseguir un
ambiente de trabajo saludable, exento de situaciones de acoso.
• Promover a todos los niveles este protocolo.
• Implementar las medidas preventivas temporales o definitivas propuestas por la Comisión de Igualdad.
• Implementar las medidas cautelares propuestas por el Equipo de valoración de las denuncias.