Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9654
De acuerdo con ese compromiso, el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata declara que
las actitudes de acoso sexual y acoso por razón de sexo representan un atentado grave
contra la dignidad de las personas y de sus derechos fundamentales.
Por lo tanto, se compromete a:
• No permitir ni tolerar bajo ningún concepto comportamientos, actitudes o situaciones de
acoso sexual y acoso por razón de sexo.
• No ignorar las quejas, reclamaciones y denuncias de los casos de acoso sexual y acoso
por razón de sexo que se puedan producir en su ámbito.
• Recibir y tramitar de forma rigurosa y rápida, así como con las debidas garantías de
seguridad jurídica, confidencialidad, imparcialidad y derecho de defensa de las personas
implicadas, todas las quejas, reclamaciones y denuncias que pudieran producirse.
• Garantizar que no se producirá ningún tipo de represalia ni contra las personas que formulen quejas, reclamaciones o denuncias, ni contra aquellas que participen en su proceso de resolución.
• Sancionar a las personas que acosen en función de las circunstancias y condicionamientos de su comportamiento o actitud, de conformidad con lo establecido en su Convenio
Colectivo y el Estatuto de los Trabajadores.
Para la consecución efectiva de este compromiso la administración exige de todas y cada
una de las personas que integran su organización, y en especial de aquellas que ocupan
puestos directivos y de mandos intermedios, que asuman las siguientes responsabilidades:
• Tratar a todas las personas con las que se mantengan relaciones por motivos de trabajo
(empresas proveedoras, clientes, personal colaborador externo, etc.) con respeto a su
dignidad y a sus derechos fundamentales. - Evitar comportamientos, actitudes o acciones que son o puedan ser ofensivas, humillantes, degradantes, molestas, intimidatorias
u hostiles.
• Actuar adecuadamente frente a esos comportamientos, actitudes o acciones: no ignorándolos, no tolerándolos, manifestando su desacuerdo, impidiendo que se repitan o se
agraven, comunicándolos a las personas designadas al efecto, así como prestando apoyo
a las personas que los sufren.
Queda expresamente prohibida cualquier acción o conducta de esta naturaleza siendo
considerada como posible causa de despido disciplinario en el artículo 54 del Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley General del Estatuto de los
Lunes 13 de febrero de 2023
9654
De acuerdo con ese compromiso, el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata declara que
las actitudes de acoso sexual y acoso por razón de sexo representan un atentado grave
contra la dignidad de las personas y de sus derechos fundamentales.
Por lo tanto, se compromete a:
• No permitir ni tolerar bajo ningún concepto comportamientos, actitudes o situaciones de
acoso sexual y acoso por razón de sexo.
• No ignorar las quejas, reclamaciones y denuncias de los casos de acoso sexual y acoso
por razón de sexo que se puedan producir en su ámbito.
• Recibir y tramitar de forma rigurosa y rápida, así como con las debidas garantías de
seguridad jurídica, confidencialidad, imparcialidad y derecho de defensa de las personas
implicadas, todas las quejas, reclamaciones y denuncias que pudieran producirse.
• Garantizar que no se producirá ningún tipo de represalia ni contra las personas que formulen quejas, reclamaciones o denuncias, ni contra aquellas que participen en su proceso de resolución.
• Sancionar a las personas que acosen en función de las circunstancias y condicionamientos de su comportamiento o actitud, de conformidad con lo establecido en su Convenio
Colectivo y el Estatuto de los Trabajadores.
Para la consecución efectiva de este compromiso la administración exige de todas y cada
una de las personas que integran su organización, y en especial de aquellas que ocupan
puestos directivos y de mandos intermedios, que asuman las siguientes responsabilidades:
• Tratar a todas las personas con las que se mantengan relaciones por motivos de trabajo
(empresas proveedoras, clientes, personal colaborador externo, etc.) con respeto a su
dignidad y a sus derechos fundamentales. - Evitar comportamientos, actitudes o acciones que son o puedan ser ofensivas, humillantes, degradantes, molestas, intimidatorias
u hostiles.
• Actuar adecuadamente frente a esos comportamientos, actitudes o acciones: no ignorándolos, no tolerándolos, manifestando su desacuerdo, impidiendo que se repitan o se
agraven, comunicándolos a las personas designadas al efecto, así como prestando apoyo
a las personas que los sufren.
Queda expresamente prohibida cualquier acción o conducta de esta naturaleza siendo
considerada como posible causa de despido disciplinario en el artículo 54 del Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley General del Estatuto de los