Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023

9653

ANEXO III
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y EL TRATAMIENTO DEL
ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO.
INTRODUCCIÓN
La Comisión de Derechos Humanos, así como la Comisión Europea y la legislación vigente en
nuestro país, definen el acoso sexual y el acoso por razón de sexo como una discriminación
directa que vulnera los derechos fundamentales. Además del derecho a la intimidad de las
personas, este tipo de conducta vulnera el derecho a la dignidad, el derecho a la igualdad y a
la no discriminación por razón de sexo, el derecho a la seguridad, la salud y la integridad física
y moral de las personas trabajadoras, el derecho a la libertad sexual y finalmente de manera
indirecta, el propio derecho al trabajo .
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, incluye entre los derechos laborales de los trabajadores y las trabajadoras, la protección frente
al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. En su Artículo 48 establece medidas específicas
para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, entre las cuales establece que las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual
y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para
dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto
del mismo. Estas medidas que deberán negociarse con los representantes delos trabajadores
y trabajadoras, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación.
Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito
laboral y para ello elaborarán planes de igualdad (artículo 45), siendo la prevención del acoso
sexual y el acoso por razón de género una de las materias que deberá figurar en estos planes,
de acuerdo con el artículo 46.3.
Asimismo, la representación de los trabajadores y trabajadoras deberán contribuir a prevenir
el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo mediante la sensibilización de los
trabajadores y trabajadoras frente al mismo y la información a la dirección de la empresa de
las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlo.
I. Declaración de principios.
El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata hace público su compromiso con el objetivo de
fomentar y mantener un entorno de trabajo seguro y respetuoso con la dignidad, la libertad individual y los derechos fundamentales de todas las personas que las integran.